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El Govern endurece las multas por entrada de menores en salas de juego

La conselleria de Servicios Sociales justifica la medida a causa del aumento de la ludopatía entre los jóvenes - La falta grave podrá alcanzar los 60.000 euros y la muy grave los 600.000 a lo que se suma la posibilidad de cerrar el establecimiento infractor hasta por cinco años

Imagen de uno de los salones de juego y apuestas deportivas abierto en Palma. G. Bosch

El Govern ha aprobado un fuerte endurecimiento de las sanciones que se aplican a los establecimientos de establecimientos juego que permiten el acceso a menores de edad, una medida incorporada en la ley de derechos de la infancia y la adolescencia que el pasado mes apareció publicada en el Boletín de la Comunitat Autònoma y que ha pillado totalmente por sorpresa al sector, hasta el punto de haber convocado alguna de sus patronales una reunión para analizar con sus servicios jurídicos el impacto que esta iniciativa va a tener.

Esta ley autonómica, impulsada por la conselleria de Servicios Sociales, incluye en su régimen sancionador los casos en los que un menor de edad es descubierto en el interior de un salón de juego, entre otros establecimientos vetados, algo que ya estaba incluido en la ley balear del juego aprobada en 2014. La diferencia es que la primera incorpora sanciones mucho más altas para esas mismas situaciones que la segunda normativa.

Mientras que la ley del juego contempla multas de 3.000 a 30.000 euros para las faltas graves, y de 30.000 a 450.000 para las muy graves, la destinada a la protección de los menores eleva estas cuantías de los 12.000 a los 60.000 euros en el primer caso y de los 60.000 a los 600.000 en el segundo, incremento que entrará en vigor a finales de mayo. Además, se contempla la posibilidad de ordenar el cierre temporal del establecimiento durante un máximo de cinco años.

Y todo ello sin que las empresas del sector supieran nada hasta la publicación de esta nueva normativa en el BOIB a finales del mes pasado.

La consellera de Servicios Sociales, Fina Santiago, reconoce que durante la elaboración de la citada ley del menor no mantuvo el menor contacto con las patronales del juego, y subraya que las consultas sí se realizaron con representantes de padres y de profesionales relacionados con la infancia y la adolescencia. La conclusión de todos ellos, según pone de relieve, es que había que aplicar sanciones muy duras para que permitir la entrada de menores a locales de juego no salga rentable al infractor.

Porque el problema que subyace en este caso es el fuerte aumento de los casos de ludopatía entre los menores de 18 años, que además aparece cada vez en edades más tempranas, al igual que el consumo de alcohol y algunas sustancias estupefacientes. De ahí la dureza de las medidas adoptadas para poder frenar estas situaciones.

"No entran menores. Y punto"

La postura de Fina Santiago es clara: si las empresas de juego quieren evitar las multas, lo único que tienen que hacer es aplicar controles efectivos en los accesos a sus establecimientos para evitar que entren en ellos menores de edad. Y eso no es algo interpretable, como podría ser el nivel de higiene de un local. O se tienen cumplidos los 18 años o no se tienen, y "los menores no pueden entrar. Punto", concluye la consellera.

También el conseller de Trabajo, Iago Negueruela, de cuyo departamento depende el área de Juego, defiende el endurecimiento de las sanciones, y apunta que la Conselleria de Fina Santiago les remitió el texto de la ley antes de su aprobación y que se dio el visto bueno al mismo, como corresponde entre áreas de un mismo Govern. Pero además, Negueruela se declara convencido de que la mayoría de las empresas de salones de juego está de acuerdo con esta decisión, al suponer un freno a aquellos que actúan al margen de la legalidad.

El presidente de la patronales de este tipo de establecimientos (Sareiba), Luis Cruz, no cuestiona que existan duras sanciones si se permite la entrada de menores, pero sí lamenta que no se haya tenido en cuenta la opinión del sector a la hora de elaborar la nueva normativa. Porque la sorpresa ha sido mayúscula, hasta el punto de haber convocado una asamblea de las empresas del sector para analizarla, y se haya solicitado una reunión con la directora general de Empresa, Pilar Sansó, de la que depende este área, para abordar esta cuestión.

Porque fuentes del sector ponen en duda que el régimen sancionador que se deba de aplicar a partir de ahora sea el de la ley del menor, tal y como afirman los servicios jurídicos de la Comunitat Autònoma, y no el de la ley del juego, bajo el argumento de que es esta última la que determina la regulación específica para este sector.

Este cambio en el régimen disciplinario no hace más que agrandar las dudas jurídicas que actualmente vive el sector del juego debido a un problema paralelo, como es que la aprobación de su ley específica se llevó a cabo sin respetar todos los requisitos legales.

Sin el visto bueno de Europa

Concretamente, el conseller Iago Negueruela indica que el anterior Govern del PP tramitó la ley del juego de 2014, actualmente en vigor, sin haberla remitido a la Comisión Europea, tal y como es preceptivo, para que diera su visto bueno.

Este error, "garrafal" según algunos de los representantes del sector del juego consultados, ha llevado a que un juzgado de lo contencioso administrativo de Palma haya anulado una multa a un empresario que realizó publicidad del juego sin autorización previa, bajo el argumento de que como no se respetó el citado paso, la ley resulta inaplicable. La Abogacía de la Comunitat Autònoma interpuso un recurso de casación contra esa decisión ante el Tribunal Supremo, que no fue admitido.

Sin embargo, desde la conselleria de Trabajo se señala que los reglamentos que han desarrollado la citada ley y en este caso aprobados durante la actual legislatura sí han superado el trámite de remitirlos a la Comisión Europea, y que durante los últimos años se han estado aplicando sanciones sin mayores problemas.

En relación a la sentencia del juzgado contencioso administrativo de Palma, se subraya que ésta solo afecta a ese caso concreto, y que no existe ninguna que haya sido dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Balears en relación a esta materia.

El presidente de Sareiba coincide en que se han venido aplicando sanciones hasta ahora, pero reconoce también las dudas que se han abierto en el sector sobre la validez de las sanciones que se impongan en el caso de que el presunto infractor las recurra, aunque éstas no afectan a las relacionadas con menores.

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