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Formación

Torres Dulce: "El blanqueo es el delito 'estrella' entre las empresas"

El exfiscal general y abogado imparte un seminario sobre responsabilidad penal de las sociedades

Eduardo Torres Dulce, ayer en su disertación sobre responsabilidad penal de las empresas. M. Mielniezuk

Eduardo Torres Dulce, exfiscal general del Estado entre 2012 y 2014 y actual abogado del despacho Garrigues, impartió ayer en el CaixaForum de Palma un ameno y útil seminario sobre la responsabilidad penal de las empresas. Torres Dulce, cinéfilo empedernido, señaló que en este campo "la estrella (cinematográfica) es el blanqueo de capitales" y alertó a los empresarios asistentes del cuidado que deben adoptar para no incurrir en ese delito.

El seminario, organizado también por APD Baleares, contó con la participación de la abogada Clara Blanc, que explicó de manera muy pedagógica los entresijos de esta responsabilidad penal, introducida en nuestro sistema legal en 2010, con una reforma del 2015 y con una ampliación en ciernes.

Torres Dulce empezó criticando el actual Código Penal (fruto de 33 modificaciones del publicado en 1995) y al que calificó de "intervencionista, autoritario y paternalista, en el sentido de que cosas que van mal en la sociedad se intentan arreglar con él".

La responsabilidad penal de las empresas la tildó de "artificio extravagante", que apenas tiene parangón en el mundo occidental, donde esos supuestos se arreglan por las jurisdicciones social, contencioso o civil.

El abogado explicó que el propio Código Penal no contempla penas privativas de libertad para las empresas, lo que denota su "artificiosidad extravagante".

Torres Dulce repasó la jurisprudencia del Supremo en la materia, con sentencias de Manuel Marchena y el fallecido José Manuel Maza, y apostilló que es un asunto abierto.

"Ustedes tienen el deber y la obligación de organizar éticamente sus empresas, por exigencias internas y de los Códigos Civiles y demanda de la sociedad; hay una demanda social de transparencia y de ética y eso es el buen gobierno", aconsejó el jurista.

La Ley y la jurisprudencia contemplan que si las empresas elaboran un llamado Plan de Cumplimiento (Compilance) para prevenir la comisión de delitos y mejorar su organización interna de cara a evitar hechos delictivos u otros riesgos, quedan eximidas de responsabilidad penal. Torres Dulce matizó que estos Planes de Cumplimiento sean un salvoconducto para quedar libres de problemas legales e insistió en el componente ético y en la prevención. El ponente resaltó en su intervención la importancia de las investigaciones internas en las empresas como mecanismo preventivo de delitos o reacción ante unas diligencias penales ya abiertas, a las que las primeras no pueden suplir.

"Control y chequeo rutinarios y continuados", "atención a las denuncias que vengan de lo que en castellano se llama soplones" e "investigar los hechos ya plasmados en unas diligencias penales a efectos de defensa", son algunas de las prácticas aconsejadas.

El exfiscal, al hablar del blanqueo, destacó que "la reputación social de las empresas es su mejor valor y cada vez está más diluida en las redes sociales y en menor medida en los medios de comunicación". Torres Dulce analizó con detalle las figuras penales del blanqueo de capitales y del autoblanqueo y alertó de una serie de acciones que pueden denotar que se está cometiendo ese delito, como la apertura de muchas cuentas corrientes o la difícil justificación del origen lícito de algunas partidas.

El abogado también distinguió tres tipos de empresas: las que se dedican a ganar dinero, las que tienen parte legal y parte ilícita y las "pantalla".

El Barça, investigado como persona jurídica

La abogada del despacho Garrigues Clara Blanc definió la responsabilidad penal de las empresas y las fórmulas, mediante un Plan de Cumplimiento y su seguimiento y control continuos, para evitarla.

Blanc citó como ejemplo la imputación del Fútbol Club Barcelona como persona jurídica en un presunto delito de corrupción de particulares por carecer, en el momento de los hechos, de un Plan de Cumplimiento. Un requisito que el Código Penal establece para depurar responsabilidades de las empresas es que los delitos se hayan cometido en su beneficio, destacó la letrada. Blanc enumeró también la larga lista de delitos en los que, de acuerdo con la ley, puede incurrir una empresa, supuestos que van a crecer.

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