Abogados especializados en derecho de tráfico y seguridad vial han denunciado a este diario que la despenalización de los accidentes leves de tráfico, que entró en vigor en septiembre del 2015, ha perjudicado a los consumidores, muchos de los cuales desisten de reclamar sus derechos ante la jurisdicción civil por los elevados gastos de estos pleitos.

Esta reforma despenalizó los accidentes de tráfico por imprudencia leve o con lesionados no graves, obligando a todas las víctimas a demandar a las aseguradoras por la vía civil, que tiene unos gastos, frente al sistema anterior, que era en la jurisdicción penal y sin costes.

Hasta septiembre del 2015 los accidentes de tráfico con lesiones leves se dirimían en juicios de faltas, que eran gratuitos y a los que los damnificados se podían presentar sin abogado ni procurador.

El perjudicado no tenía tampoco que preocuparse de localizar el atestado policial (ahora con coste) y los forenses certificaban las lesiones y secuelas sufridas.

Era un sistema ágil y beneficioso para los consumidores. Sin embargo, en medios judiciales se tenía la impresión de que se estaba trabajando para las grandes compañías aseguradoras, algo parecido a lo que ocurre actualmente con los juicios leves por hurtos en grandes superficies comerciales.

El legislador también vio en la desaparición de las faltas (incluidas las de tráfico) y la despenalización de otras conductas menos graves un medio para desatascar los juzgados de instrucción y, en segunda instancia, las Audiencias provinciales.

Tras la reforma, los juzgados penales únicamente se encargan de aquellos siniestros con lesionados graves o muy graves y con víctimas mortales, casos que normalmente conllevan una acusación de homicidio imprudente.

Los abogados denunciantes señalan que Baleares no escapa a esa dinámica de trabas económicas para reclamar a una aseguradora por los daños materiales y personales en un accidente de circulación.

"La Audiencia de Palma Ya esa cantidad espanta a los perjudicados y les hace desistir del pleito", afirma un letrado con años de experiencia en la materia.

"Otro problema para los perjudicados es que las compañías de seguros les sisan compensaciones por los días de sanación, dado que solo admiten la baja laboral y no la convalecencia completa, algo que antes certificaban los forenses", añade el abogado.

La "desprotección" de las víctimas con lesiones leves, contrasta con la reforma, aprobada el pasado miércoles en el Senado, y que endurece las condenas por accidentes graves y fugas tras un siniestro con víctimas.

El Senado aprobó, con el apoyo de todos los grupos salvo el de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, la modificación del Código Penal para endurecer las penas por imprudencias en la conducción y castigar hasta con 4 años de cárcel abandonar el lugar del accidente tras haberlo causado, con indepedencia de que la víctima siga viva o haya fallecido.