El juez Miguel Florit, que el pasado diciembre ordenó la requisa de los móviles de los periodistas Kiko Mestre y Blanca Pou, en una pieza separada del caso Cursach, rechazó ayer admitir a trámite la recusación contra él presentada por Diario de Mallorca. Por otro lado, el fiscal superior de Balears, Bartolomé Barceló, pidió a la sala de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) que archive la querella de Diario de Mallorca y Europa Press contra el juez Florit y el fiscal Juan Carrau.

Este diario y su redactor de tribunales Kiko Mestre pidieron el pasado 7 de enero la recusación de Florit en la pieza separada donde están imputados, por supuesta revelación de secretos, dos agentes del Grupo de Blanqueo de Capitales, la unidad que investiga al empresario de la noche Bartolomé Cursach, al estimar que había perdido su imparcialidad. La recusación estaba fundamentada en los apartados 4 y 8 del artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). Estas disposiciones son dos causas de "pérdida de la imparcialidad (por un magistrado) si ha sido acusado o denunciado, cuando se ha admitido a trámite la querella, y tener pleito pendiente con las partes".

Ayer Florit, en una providencia, asegura que Kiko Mestre "no es procesado o inculpado, ni querellado ni denunciado (en la pieza sobre revelación de secretos), así como tampoco es tercero responsable civil, por lo que no se le tiene por parte y la Ley no le posibilita formular recusación".

El recurso de la fiscalía superior se dirige, en reforma, a la magistrada del TSJB Felisa Vidal, que hace unos días rechazó archivar la querella al estimarla una petición extemporánea y, en apelación, ante la sala de lo Civil y de lo Penal del Alto Tribunal.

La querella contra Florit y Carrau les imputa cuatro delitos: prevaricación judicial, contra la inviolabilidad de domicilio, contra el libre ejercicio del derecho al secreto profesional de los periodistas y de interceptación ilegal de comunicaciones.

La fiscalía superior descarta de plano que en los autos del juez del caso Cursach, que fueron dictados con el visto bueno del fiscal anticorrupción, se haya dado "el plus de arbitrariedad, de injusticia, de flagrante contradicción con el ordenamiento jurídico y con las reglas de interpretación habitualmente utilizadas (por los jueces)" y que dan pie a la prevaricación judicial.

El recurso también sostiene que un fiscal, al emitir informes, nunca puede ser inductor de un delito atribuido a un juez y que no hubo otros delitos porque los móviles no fueron abiertos ni analizados.