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Impuestos

El Govern cede y cambia la forma de valorar los inmuebles en sus tributos

Acuerda no recurrir las decisiones del ministerio de Hacienda en favor de los contribuyentes de Balears y elevará las medidas para hacer una estimación correcta

La Agencia Tributaria de Balears ha optado finalmente por ajustar más la valoración de inmuebles. B. Ramon

El Govern balear ha agachado la cabeza y finalmente ha asumido que a la hora de cobrar sus impuestos está haciendo una valoración de los inmuebles que en muchos casos resulta excesiva. En una reunión mantenida el pasado 10 de enero entre la Abogacía de la Comunitat Autònoma y la Agencia Tributaria de Balears se acordó reforzar las actuaciones dirigidas a estimar correctamente ese valor, y desistir de presentar recurso contra las decisiones del ministerio de Hacienda en las que daba la razón a los contribuyentes de las islas. Este cambio, de hacerse correctamente, puede suponer un descenso en el pago de tributos como el de Transmisiones Patrimoniales o el de Sucesiones, dado que se han dado casos en los que la discrepancia entre el fisco balear y el contribuyente respecto a la cantidad a pagar ha alcanzado cuantías próximas a los 100.000 euros.

En agosto del pasado año Diario de Mallorca ya informó del varapalo recibido por la Agencia Tributaria autonómica por parte del Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR), dependiente del citado Ministerio, al determinar que se podían estar cobrando impuestos de más a los contribuyentes de las islas por aplicar una fórmula no adecuada para estimar el valor de los inmuebles. Hasta el mes pasado, el Govern se había negado a cambiar ese sistema e insistía en que estaba actuando correctamente.

Sistema de los últimos 15 años

Lo que ha venido haciendo la Agencia Tributaria de Balears (ATIB) durante los últimos 15 años es calcular el valor de un inmueble, a la hora de aplicar impuestos como los antes señalados, teniendo en cuenta unos baremos fijados por el Colegio de Arquitectos, que nadie discute, y además el valor catastral, multiplicando éste por dos. Y es en este último punto donde aparece el problema, debido a que muchos de estos valores catastrales son demasiado altos al haberse fijado durante los años de la 'burbuja inmobiliaria', por lo que al multiplicarlo por dos se producía una sobrevaloración del inmueble y se obligaba al contribuyente a pagar de más.

Este exceso resultaba tan evidente que hasta el Parlament aprobó en 2016, con el apoyo de todos los grupos políticos, reclamar a la ATIB un cambio en esta forma de valoración. Esa exigencia no había sido atendida hasta ahora.

Este problema ha venido siendo especialmente grave en los municipios con los catastros más sobrevalorados, como Calvià o Andratx, mientras que su impacto ha sido menor en zonas como Palma, donde la estimación catastral está más ajustada.

La decisión adoptada el pasado 10 de enero por la ATIB y la Abogacía de la Comunitat Autònoma contempla que no se va a renunciar al criterio de tomar el valor catastral y multiplicarlo por dos, pero a cambio sí se van a reforzar otras actuaciones para hacer ese cálculo de una forma más ajustada ante inmuebles singulares sometidos a comprobación, según consta en el documento firmado por la directora de la Agencia Tributaria balear, Maria Antònia Truyols.

¿Realidad o paripé?

El abogado Alejandro del Campo, de la firma DMS Consulting, es uno de los que más discrepancias ha manifestado con la forma en que estaba actuando la Hacienda balear, y pone en valor la rectificación que desde la Comunitat Autònoma se ha realizado.

Pero no oculta que el beneficio real para los contribuyentes de las islas va a depender de que desde la Agencia Tributaria autonómica se tomen medidas realmente efectivas para calcular el valor real de un inmueble más allá de multiplicar por dos el valor catastral, o si por el contrario va a aplicar un simple "paripé", intentando justificar, sin rigor, que se han tenido en cuenta otros factores pero sin hacer una comprobación real del bien en cuestión. Y no oculta que sus temores van dirigidos en esta segunda dirección.

En cualquier caso, y visto lo sucedido, recomienda recurrir las valoraciones de la ATIB en caso de discrepancia, ya que de esta forma se va a obligar a este organismo ha hacer comprobaciones adicionales.

Del Campo señala otro riesgo, y es que se apruebe desde el Gobierno central un nuevo criterio de valoración para ayudar a las Comunidades Autónomas, pero que también pueda ser lesivo para los contribuyentes.

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