Ni siquiera aceptado a trámite. El Tribunal Supremo se niega a tramitar el primer recurso de casación presentado contra la supresión del polémico nivel 33. El alto tribunal no ha aceptado a trámite el recurso de casación presentado contra la eliminación del plus salarial para expolíticos con plaza de funcionario por el que podían llegar a percibir hasta 800 euros más de sueldo cada mes.

Después de que el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) avalara en diversas sentencias la medida del Govern de eliminar a través de los presupuestos el pago del plus político conocido como nivel 33 y de que exaltos cargos lo hayan llevado al Supremo, la sección de admisión de la Sala de los contencioso-administrativo del alto tribunal rechaza la admisión a trámite del primero de los recursos presentados, dando pocas opciones de prosperar a los sucesivos recursos que haya.

Concretamente, el Supremo desestima el recurso de casación presentado por el exsenador y exconcejal de Inca, "por falta de justificación de que las infracciones imputadas han sido relevantes y determinantes de la decisión adoptada en la resolución recurrida". El alto tribunal impone además al exalto cargo popular las costas procesales por presentar el recurso.

Recurrido por cargos del PP

El nivel 33, por cuya supresión han recurrido otros 12 expolíticos vinculados al Partido Popular, entre ellos la actual diputada y exidrectora de la Abogacía del Govern, Antònia Perelló, o el exdirector general de Educación, Guillem Estarellas, estaba regulado por una ley de 2007 y suponía un plus salarial para políticos a su vuelta a su plaza como funcionario de la administración, que según llegaron a cifrar sindicatos son hasta 400 funcionarios. El Parlament aprobó en 2016 con los votos en contra de PP y Pi la supresión del polémico plus político.

En abril de este año el Tribunal Superior de Justicia dictó varias sentencias en las que rechazó los recursos presentados a la medida del Govern avalando la suspensión. Mientras los demandantes alegaron que la supresión del Nivel 33, "sin contemplar medidas transitorias y compensatorias (para los afectados), vulnera el Derecho comunitario desde el momento en que se desconocen derechos adquiridos y se frustran expectativas legítimas, sin que exista interés general preponderante que lo justifique", la Abogacía de la Comunidad argumentó que había quitado ese complemento retributivo "más que por razones de orden económico" por "equidad, proporcionalidad y solidaridad, al eliminar una situación de privilegio, que había sido reclamada, desde hacía tiempo, por fuerzas políticas y sindicales".

El magistrado Pere Antoni Mas falló que "no cabe considerar que el complemento conocido como Nivel 33 se halle amparado por una situación de derecho adquirido inalterable, sino que puede ser objeto de regulación específica por el legislador estatal y autonómico, manteniéndolo, modificándolo o suprimiéndolo".

Con el carpetazo del Supremo al primer recurso, el alto tribunal avala por ahora el fallo del TSJB y sienta un precedente que complica la vuelta del plus político ya eliminado en el archipiélago.