La Audiencia de Palma en una reciente sentencia, anula la cláusulas, por su condición de abusivas, de lo que se conoce como préstamos rápidos. Se trata de una sentencia que afecta a la empresa financiera Cofidis, que presta dinero al margen de la actividad bancaria, a unos intereses más elevados. Al tratarse de un préstamo al consumidor y no de un producto bancario, el Banco de España recomienda que los intereses de estos préstamos se sitúen entre el 6 y el 9 por ciento. Sin embargo, esta empresa está prestando dinero a un interés del 22,12%, lo que roza la usura. Los tribunales de Palma denuncian que las condiciones de estos préstamos, que se establecen a través de las cláusulas del contrato que obligan a firmar al cliente, son abusivas y, por tanto, las anulan.

No es la primera vez que los tribunales denuncian los abusos que padecen los clientes que recurren a este tipo de financiación. Hay varias sentencias, de diferentes Audiencias, en las que coinciden en criticar las cláusulas de estos préstamos y, por tanto, anulan los intereses de los préstamos, fallando a favor de los clientes frente al conflicto que mantienen con Cofidis.

La última sentencia de la Audiencia de Palma se refiere a un préstamo económico que se concedió a un vecino de Manacor, que incumplió las condiciones del acuerdo y se le exigió la devolución del dinero, junto a un alto interés. El tribunal ha analizado en profundidad el contenido del contrato que el cliente firmó con la financiera y considera que el documento no cumple los principios de claridad y sencillez en la redacción, lo que dificulta que el cliente conozca exactamente lo que está firmando cuando recurre a este tipo de financiación.

Frases incomprensibles

Unas cláusulas que deben ser especialmente claras cuando establecen las consecuencias que conlleva el impago del préstamo, una situación que no se produce en el contrato que ha analizado el tribunal, que entiende que es un documento que recurre a frases "ilegibles, ambiguas, oscuras e incomprensibles". Esta confusión conlleva, según entienden los jueces, a que el cliente que pide un préstamo a estas empresas no conoce exactamente el interés que debe abonar, ni tampoco las consecuencias económicas que tendrá que afrontar si dejar de pagar alguna de las cuotas que acepta en el contrato.

Así, la sentencia de la Audiencia, que sigue la misma línea de otras decisiones judiciales parecidas a esta demanda, señala que las estipulaciones que figuran en estos contratos, en las que se fijan los intereses, el coste del crédito y el reembolso, "pecan definitivamente de falta de transparencia porque adolecen de criterios, conceptos y expresiones precisas y capaces de ser entendidas por el consumidor". Por ello se anulan dichas cláusulas.