El fallo de Tribunal Supremo ha evitado al Govern balear tener que adelantar 157 millones de euros por el impuesto de actos jurídicos documentados de las hipotecas cobrado a los ciudadanos desde 2015.

En caso de que hubiera fallado contra la banca, los titulares de las hipotecas constituidas en Balears desde ese año -los expertos calculan que son cerca de 50.000 en todo el archipiélago- hubieran podido solicitar la devolución del impuesto a la Agencia Tributaria de les Illes Balears (Atib), que posteriormente se lo hubiera reclamado a los bancos.

También según los expertos, cada titular de una hipoteca de 200.000 euros hubiera tenido derecho a pedir la devolución de unos 2.100 euros que ya abonó cuando constituyó el préstamo.

También situándose en esa misma hipótesis, que finalmente no se ha cumplido, la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, estimó que, en conjunto, las comunidades tendrían que adelantar unos 5.000 millones de euros si el alto tribunal confirmaba el fallo inicial emitido por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo hace tres semanas, cuando ordenó a los bancos devolver el impuesto con una retroactividad que alcanzaría hasta 2014 -los últimos cuatro ejercicios fiscales-.

Un día después el presidente de la Sala Tercera del Supremo, Luis María Díez-Picazo, ordenó dejar sin efecto el dictamen, originando un caos jurídico que el Pleno de la Sala trataba de subsanar desde el lunes.

La mayoría de expertos se inclinaba por pensar que los jueces iban a acabar por fallar a favor de los hipotecados, pero con un efecto retroactivo limitado a las hipotecas firmadas durante los últimos cuatro años. Esta hubiera sido la opción más conciliadora.

Así, con esta resolución favorable a las entidades que finalmente ha adoptado el Supremo, el alto tribunal se ha rectificado a sí mismo.