El Govern ha aprobado hoy el decreto de garantía de demora, por el que se establecen plazos máximos para que los pacientes reciban asistencia sanitaria en la red de la sanidad pública balear, de tal modo que si se superan estos plazos el Ibsalut deberá ofrecer una alternativa a los usuarios que lo soliciten en centros concertados o privados.

El decreto de garantía de demora incluye la asistencia especializada programada y no urgente para las primeras consultas externas, para el que se fija un plazo máximo de 60 días de espera; primeras pruebas diagnósticas, con también 60 días, e intervenciones quirúrgicas, con 180 días. En estos casos el decreto entrará en vigor en cuanto se publique en el BOIB. A estos tres supuestos el Ejecutivo ha añadido otro que no figuraba en el decreto de demora que derogó en la pasada legislatura el Govern del PP. Se trata de las segundas consultas diagnósticas derivadas de una primera consulta, para las que se fija 180 días para ser atendidos en la red pública de Salud y, una vez superado ese plazo, se podrá solicitar que se preste la asistencia en centros privados o concertados.

concertados.

En el caso de las segundas consultas diagnósticas el decreto de garantía de demora entrará en vigor en enero de 2019, ante la necesidad de "adecuar la estructura organizativa del Servei de Salut", según ha explicado la consellera Patricia Gómez tras el Consell de Govern.