El Tribunal Supremo rechazó ayer los incidentes de nulidadincidentes de nulidad presentados contra la sentencia firme del caso Nóos. Los incidentes fueron solicitados por Iñaki Urdangarin, su exsocio Diego Torres, la esposa de éste, Ana María Tejeiro, y varias empresas implicadas y pertenecientes a los primeros. A partir de ahora, Urdangarin y Torres podrán presentar recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional.

Los jueces de la sala de lo penal desestiman la petición de nulidad de la última sentencia y explican que los escritos de las defensas de los imputados alegaban "cuestiones extrañas" y que estos incidentes de nulidad "están reservados a lesiones de derechos fundamentales achacables a la sentencia de casación". Recuerdan, además, que con este tipo de incidentes no pueden replantearse "temas ya suscitados y resueltos ni cuestiones" no achacables al Tribunal Supremo.

Ya no cabe la casación

Para el Tribunal Supremo, estas quejas de las defensas "no suscitan un debate nuevo, sino que son un intento de prolongar o alargar el debate de casación (los recursos contra la sentencia de Palma ya desestimados), en algunos casos dice intentando "ampliar extemporáneamente" el proceso.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha desestimado los incidentes de nulidad interpuestos por la defensa de Iñaki Urdangarin y la de Diego Torres, Ana María Tejeiro, el Instituto Nóos de Investigación Aplicada, Virtual Estrategies S.L. , Nóos Consultoría Estratégica S.L., Fundación Deporte Cultural e Integración Social, Shiriaimasu S.L., e Intuit Strategy Innovation Lab S.L. contra la sentencia de esta misma Sala, publicada el pasado 8 de junio, que confirmó las condenas dictadas por la Audiencia de Palma en febrero del 2017.

El incidente de nulidad en sede casacional, añade la Sala, está reservado a lesiones de derechos fundamentales directamente achacables a la sentencia de casación y que no hayan podido ser denunciados previamente. En este sentido, afirma que la nulidad de actuaciones del artículo 241 de la Ley Orgánica del Poder Judicial "no puede convertirse en un sedicente recurso de súplica para entrar en dialéctica con el Tribunal y rebatir los argumentos que haya podido exponer en su sentencia o manifestar las legítimas discrepancias con ellos".

Tampoco está concebido, según el auto, como un cauce excepcional que brinda a la jurisdicción ordinaria una oportunidad de enmendar una decisión vulneradora de un derecho fundamental que antes no pudo denunciarse, eludiéndose así la necesidad de acudir directamente a la jurisdicción constitucional cuando la vulneración, que aflora por primera vez en la sentencia final, podría ser corregida en el seno de la jurisdicción ordinaria. Por último, indica que en el incidente de nulidad ni se pueden replantear temas ya suscitados y resueltos ni cuestiones no achacables a la última sentencia, cuando el defecto identificado resida en la sentencia de instancia (la de la Audiencia) y no se haya reclamado su corrección en casación.

Los dos siguen en la cárcel

Urdangarin y Torres cumplen condena, respectivamente, en las cárceles de Brieva (Ávila) y Can Brians-2 (Barcelona). Ambos fueron condenados a penas de casi seis años de privación de libertad.

La defensa del cuñado del Rey ya anunció que pensaba formular un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, alegando la vulneración de derechos fundamentales de su representado durante el proceso, argumento que nunca hasta ahora había utilizado.

Si el Constitucional admite su demanda eso no significa que se deje en suspenso la ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo, que confirmó en casi todos sus extremos el fallo de la sección primera de la Audiencia de Palma. No obstante, los recurrentes sí que pueden pedir la suspensión de la condena alegando que la sentencia del Constitucional podría llegar cuando ya hubiesen obtenido la libertad, algo improbable dada sus elevadas condenas. Torres sí que alegó durante la instrucción y el juicio oral supuestas vulneraciones de sus derechos fundamentales, entre otros motivos por el rechazo a la admisión de algunas pruebas documentales y al interrogatorio los reyes Juan Carlos y Felipe.