El Tribunal Supremo ha obligado a una mujer húngara, que se escapó de su país con su hija menor y se refugió en Mallorca al ser víctima de malos tratos, a que regrese a Hungría para entregar a la menor a su padre. De esta forma, los jueces de España determinan que se ejecute una decisión que adoptó un tribunal de la capital de Budapest, que daba un plazo de ocho días para que la madre llevara de nuevo a la niña a su país de origen e iniciara el proceso de escolarización de la menor. La mujer ha recurrido a todos los medios legales que han estado a su alcance para evitar que esta decisión de los jueces húngaros se cumpla, pero el Tribunal Supremo de España ha denegado su último recurso.

Esta mujer mantuvo con el padre de su única hija una relación sentimental que duró diez años. La menor tiene en estos momentos trece años de edad y tendrá que regresar a su país sin que ningún juez le haya preguntado si prefiere volver a Hungría para estar con su padre, o quedarse a vivir en Mallorca. La menor acompañó a su madre en su huida porque la mujer afirmaba que era víctima de malos tratos físicos. La mujer decidió refugiarse en Mallorca para huir del padre de la menor.

La madre en ningún momento informó a su expareja del lugar donde estaba viviendo. Por ello, el padre perdió cualquier tipo de contacto con la niña. De hecho, hace más de dos años que padre e hija no se han vuelto a ver, si bien esta situación cambiará en breve como consecuencia de la decisión del Tribunal Supremo. Fue el padre quien localizó a la madre y a la menor y a partir de ese momento acudió a los tribunales de su país para que se obligara a su expareja a que regresara a su país junto a la niña.

Se da la circunstancia de que el juzgado de violencia sobre la mujer de Palma se opuso a que se ejecutara la orden del tribunal de Budapest que ordenó el retorno de la menor, entendiendo que la mujer había sido víctima de malos tratos. Esta decisión del juez de Palma fue revocada por el tribunal de la Audiencia, que entendió que se debía cumplir la decisión de las autoridades judiciales de Hungría. La Sala fijó un plazo para que la madre y la menor volvieran a su país, bajo la advertencia de que la madre podría cometer un delito de desobediencia.

Frente a las dos decisiones judiciales enfrentadas, el Tribunal Supremo da la razón a la Audiencia de Palma. Recuerda que "las resoluciones dictadas en un Estado miembro serán reconocidas en los demás Estados miembros sin necesidad de recurrir a procedimiento alguno", recuerda el Supremo.

Además, en su sentencia señala que lo que ha hecho el tribunal húngaro es acordar la restitución inmediata de la menor, para evitar que su huida pudiera consolidarse. Se trataba, en definitiva, de una resolución de urgencia para conseguir que se retomara la relación entre padre e hija, que precisaba que la menor regresara cuanto ante al país donde había nacido. Para el Supremo, no es obligatorio que un juez escuche la versión de la menor para tomar una decisión sobre su futuro.