El Consell de Govern aprobará hoy el proyecto de ley de consultas y procesos participativos que incluirá los mecanismos necesarios para que los municipios puedan realizar referéndums o consultas vinculantes sobre competencias locales. La ley incorpora las consideraciones del Consell Consultiu y las consultas que se hagan a nivel insular o autonómico no serán vinculantes ya que, según explicó ayer la consellera de Cultura y Participación, Fanny Tur, “la doctrina establece que no lo pueden ser al no poder consultar a la totalidad de la población”.

En rueda de prensa, Tur explicó que esta ley supone dar “un paso hacia adelante para hacer más fuerte y sólida” la democracia participativa, “más allá de las votaciones que se producen cada cuatro años”. Según detalló la ley incorpora las consideraciones del Consell Consultiu, entidad que tal como remarcó la consellera, “no cuestionó el objetivo de la ley”.

Por su parte, el director del IBJove, Joan Ferrà, anunció que se ha bajado a 16 años la edad de participación. “Normalmente, la juventud marca el camino de los cambios que vienen en el futuro y hay que ir empoderando cada vez más a la población”. Tras la aprobación este viernes del proyecto, la ley irá al Parlament en el próximo periodo de sesiones. La norma permitirá al Govern, a los consells y ayuntamientos, convocar consultas ciudadanas mediante un registro “único y voluntario” de participación por “sectores afectados” por la materia que se esté consultando y que ayudará a legitimar la consulta ciudadana.

Audiencias ciudadanas

Las consultas convocadas por el Govern y los consells no serán vinculantes, pero que la ley permitirá, previa autorización del Estado, la realización de referéndums municipales que serán vinculantes "sólo si se hacen con uso del censo electoral".Respecto a los referéndums municipales, el hecho de contar con listas electorales justifica la vinculación de los resultados, explican desde el Govern. Estos podrán ser convocados tanto por la administración como por iniciativa popular.

En caso de que sea por una iniciativa popular tendrá que ser por un número de personas que como mínimo sea igual al 10 por ciento de la población en municipios de menos de 5.000 habitantes; por 500 personas más el 2 por ciento de la población que exceda de los 5.000, en aquellos entre 5.000 y 100.000 personas; y por 2.400 personas más el uno por ciento de la población que exceda de los 100.000 en Palma.

Además, la nueva norma regula las figuras de las audiencias ciudadanas y los foros de participación ciudadana por los que se podrán proponer audiencias públicas a los presidentes de las diferentes instituciones de las islas y fijar espacios de reflexión pública entre ciudadanía, expertos y administración.