El servicio público de salud de Balears, Ib-Salut, tendrá que afrontar el pago de una indemnización de 50.000 euros a un paciente que sufrió un contagio del virus de la hepatitis C como consecuencia de una operación que se realizó en el antiguo hospital de Son Dureta. Así lo ha determinado el Tribunal Superior de Justicia, a través de su sala de lo contencioso administrativo, que acepta la demanda que presentó el perjudicado contra la autoridad sanitaria.

El paciente sufrió en el mes de mayo del año 2008 un accidente de tráfico. Las múltiples lesiones que padeció fueron todas graves. Tras un periodo de recuperación, los médicos le aconsejaron que debía someterse a una operación que consistía en un implante de cadera. El paciente aceptó la recomendación médica y así en el mes de septiembre de 2010, más de dos años después del accidente, ingresó en el hospital público. Como consecuencia de dicha operación, el hombre se contagió con el virus de la hepatitis C.

El paciente, de 64 años de edad, pudo demostrar este contagio basándose en las analíticas que le realizaron dos meses antes de someterse a la intervención quirúrgica. Dichos estudios de la sangre señalaban que no padecía ningún tipo de virus. Sin embargo, un mes después de someterse a dicha intervención quirúrgica, se detectó que era portador de la hepatitis. Lo descubrió cuando acudió al médico por encontrarse mal y se comprobó que presentaba un cuadro de ictericia. Fue la primera alarma, que después se confirmó con el siguiente análisis de sangre.

El perjudicado demandó a la autoridad sanitaria para reclamarle una indemnización como consecuencia de este contagio en el hospital de Son Dureta. Reclamó medio millón de euros basándose en que se trataba de una enfermedad que podría ser grave si no adoptaba una serie de medidas y, además, existía el peligro de que pudiera contagiar el virus a terceras personas. El paciente aseveraba que en un futuro podría sufrir una cirrosis hepática, un cáncer de hígado o una insuficiencia hepática.

El Ib-Salut no atendió a esta demanda, porque entendía que no existía ninguna prueba que demostrara que el contagio se había producido en el hospital de Son Dureta. Sin embargo, los jueces alcanzan la convicción de que el contagio del virus está directamente relacionado con el ingreso. Si bien en primera instancia al paciente ya le dieron la razón, apeló porque no estaba conforme con la indemnización. Su defensa alegaba que en un futuro esta enfermedad, que en estos momentos no muestra síntomas, podría desarrollarse y las consecuencias serían graves. El tribunal recuerda que no se admiten indemnizaciones por daños futuribles, pero que ello no supone que el paciente no tenga derecho a ser recompensado económicamente por lo que ha sufrido. De hecho, los jueces tienen claro que este contagio ha cambiado su vida, porque se ha convertido en un portador del virus.