­La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Balears ha condenado a una empresa de informática a indemnizar con 16.000 euros a otra empresa por rescindir unilateralmente el contrato que las unía alegando que se había producido una bajada significativa de las ventas y el número de clientes. En concreto, la Audiencia ha desestimado un recurso de la empresa de informática, con lo que confirma una sentencia anterior del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Palma.