El Tribunal Supremo no ha dudado ni un segundo en condenar a Iñaki Urdangarin a 5 años y 10 meses de cárcel (5 meses menos que los que le impuso la sección primera de la Audiencia de Palma), por "abusar", entre 2003 y 2007, de su posición social como yerno del rey Juan Carlos para desviar 619.000 euros de fondos del Govern balear con la excusa de montar un foro sobre turismo y deportes y una oficina de seguimiento del club ciclista Illes Balears. Los cinco magistrados de la sección segunda tampoco han vacilado al condenar a Diego Torres, exnúmero dos del conglomerado societario Nóos, a 5 años y 8 meses de cárcel, por apropiarse de fondos públicos y defraudar a Hacienda, sin que el supuesto conocimiento de sus negocios por la Casa Real le sirva de inmunidad en los delitos que cometió.

Torres, al que la Audiencia impuso 8 años y 6 meses, ha visto reducida su pena porque no blanqueó el dinero desviado o defraudado a Hacienda y porque no tenía el poder de influencia y capacidad de presión de su jefe Iñaki Urdangarin, el otrora yerno ejemplar de la Familia Real.

La sentencia hecha pública ayer consta de 353 folios, frente a los 741 folios del fallo de las magistradas mallorquina Rocío Martín; Samantha Romero y Eleonor Moyà, que el Alto Tribunal alaba y confirma casi íntegramente.

El fallo del Supremo es muy técnico, como corresponde a una casación, aunque en algunos fundamentos de derecho carga contra los tres principales condenados para fundamentar sus condenas.

El expresident del Govern del PP Jaume Matas ve ratificada su pena de tres años y ocho meses de privación de libertad, que forzará su regreso a la cárcel, donde ya cumplió una pena de 9 meses por tráfico de influencia en otra pieza separada del caso Palma Arena.

"Motor" de la corrupción

La fiscal del Supremo María Ángeles Garrido, a la que el tribunal alaba su recurso para agravar substancialmente las penas a Urdangarin y Torres para, a continuación, quitarle la razón, definió al cuñado del rey Felipe VI como "el motor" de la trama corrupta. Curiosamente, los magistrados de la sección II utilizan esa metáfora para referirse a Matas.

"Él (Matas) será, debidamente instigado por Ignacio (sic) Urdangarin, su motor: quien, sin importarle los reales beneficios que pudiesen (los proyectos de Nóos) reportar a la Comunidad y fundación y empresa y a sus fines; despreocupándose de que se justificasen o no los gastos; aceptando que fuesen los coacusados particulares (Urdangarin y Torres) quienes estableciesen las condiciones, precios, tiempos de pago...transmitió las instrucciones correspondientes a la cadena de autoridades y funcionarios implicados, eludiendo todo procedimiento administrativo y despreciando cualquier principio rector de la contratación por ente público" propició el desvío de fondos.

La sentencia confirma que la infanta Cristina, esposa de Urdangarin y socia de éste en la empresa familiar Aizoon, se benefició de parte de los fondos públicos desviados por éste. En la misma situación queda Ana María Tejeiro, la mujer de Diego Torres. Las dos son condenadas como responsables civiles a título de partícipes lucrativos, figura que corresponde a quien se beneficia del fruto de un delito sin participar en él y sin tener conocimiento del mismo.

El Supremo, no obstante, limita esa responsabilidad civil de las dos cónyuges, porque entiende que no se puede ser responsable a título lucrativo en los delitos cometidos por sus maridos.

Así, la Audiencia estableció que doña Cristina tenía que devolver 265.088 euros, que ahora quedan reducidos a 136.950 euros; mientras que Ana María Tejeiro, a la que en el primer fallo se le reclamaban 344.934 euros, deberá pagar ahora 172.550 euros.

Los arrepentidos

La fiscal Garrido solicitó aumentar ligeramente las penas a los cuatro exaltos cargos del Govern del PP -José Luis Ballester, Gonzalo Bernal, Juan Carlos Alía y Miguel Ángel Bonet- , que tienen en este largo proceso la condición de arrepentidos. Los cuatro acusados pactaron con el exfiscal anticorrupción Pedro Horrach y la abogada del Govern María Ángeles Berrocal penas de no cumplimiento y así se van a quedar.

El Supremo, no obstante, resalta que los testimonios de Ballester y Bernal han sido claves para demostrar que Matas ordenó dar barra libre a Urdangarin.

El expresident, defendido por Josep Zaforteza y Miguel Arbona, sostuvo en el juicio su famosa teoría del "hágase", es decir que él tomaba decisiones políticas y sus subordinados en el Govern las ejecutaban en vía administrativa. No ha colado.

La fiscal Garrido pidió en la casación cuatro condenas de otros tantos acusados de la llamada "trama valenciana", que en su totalidad fueron absueltos. Para dos de ellos, Elisa Maldonado y Jorge Vela, se solicitaban sendas penas de 5 años y medio de cárcel. A los otros dos, Luis Lobón y José Manuel Aguilar, se les acusaba de prevaricación, con condenas de inhabilitación.

El Supremo estima que las absoluciones dictadas por la Audiencia de Palma en la conexión valenciana deben confirmarse y apostilla que los foros organizados por Urdangarin en la capital del Turia fueron útiles para la sociedad. El que sí ha salido trasquilado de la revisión de la sentencia hecha por el Supremo ha sido el pseudosindicato Manos Limpias, al que se confirma su condena en Costas por mantener, sin fundamento alguno, la acusación de delito fiscal contra la Infanta.