La Agencia Tributaria de Balears (ATIB) tendrá que devolver dinero a varios rent a car que se han visto obligados a asumir el pago de las multas de aquellos turistas que no pueden ser identificados tras cometer infracciones de tráfico porque en sus DNI no aparece el código postal.

La Agrupación Empresarial de Alquiler de Vehículos de Balears (AEVAB) explicó ayer que tres juzgados de lo contencioso-administrativo de Palma han "dado la razón" a estas empresas en las diez demandas que han interpuesto a la ATIB por "cargar a los rent a car las multas de estos clientes".

Cuando había alguna multa a conductores de vehículo de alquiler, para reclamar su pago, la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial obliga al titular de un vehículo a identificar a la persona que lo está conduciendo y, además, en el caso de los rent a car les obliga también a mostrar el contrato de alquiler, recordó la agrupación.

Hasta hace un año y medio, los rent a car solo aportaban los contratos de alquiler, el nombre, el pasaporte, el número de teléfono y el domicilio del conductor, "información válida y suficiente tanto para ayuntamientos como para DGT", señaló la AEVAB.

Sin embargo, los criterios han cambiado en los ayuntamientos que tienen cedida la gestión de multas a la ATIB y la agencia ha denegado en varias ocasiones la identificación de algunos conductores porque en los datos aportados por las empresas de alquiler de vehículos no aparece el código postal. La AEVAB alegó que ese dato, el código postal, no aparece ni en el DNI ni en el permiso de circulación. Las sentencias afirman que"no corresponde a la empresa facilitar ese dato porque la administración cuenta con medios para hacerlo" (averiguarlo).