La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Baleares ha dejado sin efecto la pensión de 100 euros que una mujer daba a cada una de sus dos hijas mayores de edad "dada su pasividad" ya que "ni estudian, ni si se han preocupado en formarse para algún oficio o trabajo".

La sentencia de la Audiencia justifica la decisión diciendo que su madre se encuentra en "casi situación de indigencia" y que respecto a las hijas, que tienen 22 y 19 años de edad no "consta que estén realizando una búsqueda activa de trabajo" ya que una "ni siquiera" está apuntada al paro y la otra no acredita que esté en el servicio de desempleo.

Dicha resolución estima el recurso de apelación interpuesto por la defensa de la madre contra la sentencia de un juzgado de instrucción en los autos de divorcio que establecía dicha pensión al quedarse las hijas a vivir en casa del padre junto a su hermano menor de edad.

Mantiene la pensión al hijo

Por el contrario, la sentencia mantiene la pensión para el niño que también es de cien euros pero revoca la resolución del juzgado de instrucción y la deja sin efecto en lo referente a las hermanas a las que considera 'ni-nis', es decir, jóvenes que ni estudian ni trabajan.