El artículo 88 de la Ley Orgánica de Educación deja claro que "en ningún caso" los centros públicos y concertados pueden cobrar a las familias por las enseñanzas gratuitas; no pueden imponerles y cobrarles servicios obligatorios asociados a la enseñanza; y no pueden obligarlas a hacer donaciones a fundaciones o asociaciones. Cobrar por matrícula es ilegal en cualquier caso.

Sí pueden cobrar por determinados servicios (transporte, comedor escolar); por las actividades extraescolares o por material escolar (como las fotocopias), pero deben aprobar y justificar esos precios en su consejo escolar y remitirlo en la conselleria de Educación, que debe dar su visto bueno.

Entre unas cosas y otras, hay padres de niños de algunos colegios concertados que abonan más de mil euros al curso (sin sumar ahí ni el coste del comedor ni transporte ni otros conceptos como el uniforme, los libros de texto, otro material comprado por los padres...).

Educación quiere garantizar al 100% una "gratuidad efectiva" de la enseñanza. En el caso de los centros concertados, la Conselleria admite que ha llegado el momento de revisar al alza el dinero que reciben para gastos de funcionamiento (tras diez años de congelación de facto), pero su intención es ligar ese incremento (que probablemente no se producirá esta legislatura) a esa "gratuidad efectiva", una idea que sus responsables ya han dejado caer en una reciente reunión con las patronales de la enseñanza concertada.

Más controles y topes máximos

¿Cómo se garantizaría esa gratuidad real? El director general de Planificación, Ordenación y Centros, Antoni Morante, plantea introducir más mecanismos de control y limitar las cantidades que se pueden pedir por las aportaciones voluntarias. Otra posibilidad que se plantea la Conselleria es actuar de oficio para comprobar que efectivamente los pagos son voluntarios (y que así se transmite de forma clara a las familias).

Ahora mismo Educación sólo revisa estos pagos si hay alguna denuncia de los padres. Pero esto no suele suceder: el año pasado sólo llegó una queja."Si llega una denuncia, se traslada a Inspección y se revisa y los colegios se la juegan porque pueden recibir una sanción económica o incluso llegar a perder el concierto en caso grave de reiteración".

La denuncia del año pasado se descartó porque se probó que el centro había asegurado el caracter voluntario de los cobros.

Las familias, si pueden permitírselo, suelen pagar todo lo que se les indica y las quejas son casi inexistentes.

¿Por qué? Un padre (que habla desde el anonimato) explica sus motivos: "Hay una mezcla de chantaje emocional y el inevitable pensamiento de 'Y si no pago ¿qué pasa? ¿Mi hijo tendrá el mismo trato y hará lo mismo que los demás?".

"Apertura de expediente"

A la hora de hacer la preinscripción este progenitor ha recibido un documento del colegio Santa Mónica en el que aparecen una serie de precios, como por ejemplo "apertura de expediente" (70 euros). La circular es para que los padres tengan constancia de haber sido informados "de las características del centro y de los costes" y de que están "totalmente de acuerdo con la información recibida y con la obligatoriedad del abono de los mismos por cuenta bancaria".

Sobre este documento, Antoni Morante, es categórico: "Esto no lo hubiéramos autorizado, no pueden cobrar por cosas como la apertura de expediente o el servicio de orientación". Educación ha asumido el servicio de orientación de Infantil y Primaria de los centros concertados.

Desde el equipo directivo del Santa Mónica admiten que la circular recoge los precios orientativos del curso pasado y "puede que no sea clara". Remiten a la información ofrecida en la página web, donde ya no se habla de "apertura de expediente" sino de "una cuota voluntaria de inicio".

Se asegura además que cuando van a hacer la matrícula a los padres sí se les dice que la aportación es voluntaria. Respecto al servicio de orientación, se indica que es voluntario y que se refiere solo a ESO.

La 'sexta hora'

Otro cobro habitual que se hace en la concertada es por la llamada 'sexta hora', una ampliación del horario que según Educación en ningún caso puede interferir en el contenido curricular. Es un servicio por el que se cobra y no puede ser obligatorio. "Ha de ser una especie de refuerzo", apunta Morante.

El cobro por el seguro escolar sí que está permitido y los centros además pueden añadir otros, para cubrir a los menores durante las sesiones extraescolares o los servicios complementarios.

El colegio citado está integrado en la patronal CECEIB. Su presidente, Ventura Blach, garantiza que no tienen constancia de que en ninguno de sus centros educativos se estén cobrando cuotas de forma ilegal: "Los centros son los primeros interesados en ser claros con esto", argumenta: "Se ha de cumplir la ley y ésta deja claro que las cuotas son de carácter voluntario".

De manera muy similar se pronuncian desde Escola Católica, la patronal mayoritaria: "Son aportaciones voluntarias siempre". Y si algún padre no puede pagar (o no quiere), "no paga".

Material escolar

Respecto al material escolar, la cifra que se factura a las familias puede variar mucho de un centro a otro. Algunos hacen 'un combo' por éste concepto y las complementarias y piden cien euros mensuales a los padres. Otros fijan una aportación cercana a los 200 euros solo para material escolar a principio del curso. La cantidad varía según lo que incluyan: hay centros que incluyen los libros de texto, la agenda del centro o las salidas culturales y otros garantizan que los padres no deberán comprar absolutamente nada más durante el curso. Todo, según el director general de Planificación, Ordenación y Centros, debe detallarse y justificarse.

En los colegios públicos también se cobra por material escolar: 53 euros por niño en Educación Infantil, y 38 euros en Primaria y ESO. Morante explica que los colegios e institutos públicos pueden pedir una autorización y ampliar esta cantidad, pero también deben justificarlo y en cualquier caso debe seguir quedando claro el carácter voluntario del cobro.