Las amenazas se han cumplido. Solo resta el relato de lo acontecido y las decisiones tomadas al respecto. El día 12 de marzo comunico personalmente al Presidente del Colegio de Médicos de Balears (COMIB), Sr. Antonio Bennasar, mi intención de encabezar una candidatura a las próximas elecciones colegiales. Me felicita, aunque me confiesa su apoyo incondicional a la candidatura continuista encabezada por la secretaria de la Junta, Sra. Manuela García, con la intención, además, de incorporarse en ella. Comenta la primicia al personal colegial anunciándoles que me denegarían mi candidatura por estar de baja por enfermedad, circunstancia que calló durante nuestro encuentro.

El día 28 de marzo me pongo en contacto con el presidente de la Junta Electoral, Sr. Juan Antonio López, le comunico lo sucedido y me sentencia que tenga o no razón, la asesoría jurídica del COMIB denegará mi candidatura a presidente ya que está en nómina colegial.

El día 13 de abril y con la esperanza de encontrar una explicación, decido llamar a la candidata continuista, Manuela García, le comento lo sucedido y lo interpreta como un malentendido. Le propongo varias opciones para llevar a cabo una transición pacífica y no acepta. Le pido respeto y confidencialidad de lo tratado, haciendo caso omiso: al día siguiente ya comentaban lo hablado en los corrillos del hospital Son Espases.

Las conjeturas que me reprochaba el Sr. Bennasar ya se han hecho realidad, las amenazas se han cumplido a rajatabla y todo ha sido un sinsentido. Con estos antecedentes he intentado justificarlo todo. El notario y el abogado han estado omnipresentes en todo el proceso.

La Junta Electoral de las próximas elecciones al COMIB previstas para el día 16 de mayo ha denegado de manera antiestatutaria e ilegal mi candidatura al cargo de presidente, sosteniendo, en contra de todas las pruebas presentadas, entre ellas actas notariales de manifestaciones de pacientes, que mi actividad no puede ser calificada como "médico en ejercicio" porque es "ocasional y adjetiva". Ubi lex non distinguit, nec nos distinguere debemus (donde la ley no distingue, no debemos distinguir). Los Estatutos vigentes del COMIB que no hacen referencia en ningún lugar a los requisitos, condiciones o nivel de ocupación de la profesión de médico que debe tener un colegiado para ser candidato o elegible. Por tanto, la Junta Electoral ha sostenido una interpretación estatutaria contraria a ley y fuera de toda lógica en pro del statu quo del actual aparato colegial.

A la vista de los hechos acontecidos, la candidatura que he encabezado hasta la fecha, ha tomado los siguientes acuerdos y determinaciones por unanimidad y como cuerpo único y solidario:

1. No continuar con la candidatura para presentarse a las elecciones del COMIB anunciadas para el próximo día 16 de mayo.

2. Considerar nulo el proceso electoral por incumplimiento de los estatutos colegiales, al proclamar las candidaturas fuera del plazo legal establecido y no contestar el recurso presentado dentro del plazo máximo establecido de siete días.

3. Presentar recurso de alzada ante el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España por las decisiones antiestatutarias de la Junta Electoral, en concreto la interprestación partidista de la Junta Electoral para conmigo, por interpretar y añadir requisitos no previstos en los Estatutos del COMIB relativos al "ejercicio de la profesión médica".