La Audiencia de Palma ha confirmado los indicios de delito, que justifican la celebración de un juicio, que pesan sobre la exdirectora del centro de es Pinaret, Maite Alvarado, que será acusada de un delito de homicidio imprudente por la muerte de un menor. Se trataba de un adolescente conflictivo, recluido en este centro, que provocó un incendio cuando estaba castigado en una celda. Por los mismos hechos, cometidos el 14 de octubre de 2015, también será juzgado el jefe de mantenimiento del centro de reforma, según ha decidido el tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia de Palma.

En la citada fecha, el menor logró introducir en su celda una caja de cerillas. Colocó el colchón y varias prendas suyas junto a la puerta de su celda, provocando un incendio con las cerillas. El fuego se propagó por la habitación, que estaba cerrada con llave desde el exterior. La puerta no se pudo abrir porque las cerraduras no funcionaban correctamente. Al no poder abrir la puerta a tiempo el adolescente, que tenía un expediente muy conflictivo, falleció como consecuencia de las quemaduras que sufrió tras el incendio.

Según detalla el tribunal, después del siniestro se descubrió que el sistema de alarma había sido retirado, a instancias del subdirector, para evitar que el menor lo dañase. Al no existir alarma, la única forma de avisar ante un incendio era dar golpes a la puerta. Este sistema contraincendio estaba estropeado desde mayo de 2014, mucho antes del suceso con el menor. La empresa que se encarga del mantenimiento colocó una pegativa advirtiendo de la avería de la alarma.

La Audiencia entiende que una de las circunstancias que justifica que se juzgue al jefe de mantenimiento es que consiguió un certificado, a través de firmas falsas, en el que se afirmaba que el sistema contraincendios era correcto. El tribunal entiende que, si bien este empleado no tenía conocimientos para reparar la avería, sí pudo preocuparse por solicitar presupuestos a varias empresas y presentarlos a la gerencia para su aprobación. Los presupuestos los pidió, pero nunca los entregó. Los jueces entienden que, en su calidad de jefe de mantenimiento, ostentaba una posición de garante respecto a la vida e integridad del menor que falleció. Este empleado, según detalla la resolución judicial, tras el suceso tuvo una reunión con empleados de la empresa de seguridad y limpieza, a los que pidió que destruyeran un parte de avería previo a la muerte del menor.

Sobre la actuación de la exdirectora, que alegaba que su cometido era de organización educativa, la Audiencia también entiende que ostentaba una posición de garante y debía velar por la integridad física de los menores a su cargo. Recuerda el tribunal que, entre sus cometidos, estaba su obligación de controlar las instalaciones del centro y conocía que el sistema de alarma de incendios no funcionaba. Los jueces tienen muy en cuenta que el Defensor del Pueblo, varios meses antes de la muerte del adolescente, realizó una visita de inspección en es Pinaret. Tras esta visita se denunció el problema de hacinamiento y la antigüedad de las instalaciones. También se denunció la falta de alarma y que el sistema de apertura de puertas y ventanas no era el más adecuado para situaciones de emergencias, recomendando su sustitución. La entonces directora remitió un escrito a la directora general de Menores, comunicando deficiencias en general derivadas de la sobreocupación del centro, pero no le habló del problema con la alarma, ni con las puertas. Por todas estas circuntancias, el tribunal de la Audiencia entiende que ambas personas deben sentarse en el banquillo para responder de un delito de homicidio imprudente.