Una sentencia de la Audiencia de Palma ha ordenado a una mujer, que se divorció de su marido hace casi diez años, a que abandone la vivienda familiar porque su hija ya ha cumplido la mayoría de edad, aunque siga estudiando y todavía no tenga una independencia económica. Se da la circunstancia que en los últimos años esta mujer ha tenido un segundo hijo con su nueva pareja y han estado todos ellos viviendo en el mismo piso que compró con su anterior marido. Su novio, además, tiene otro piso en propiedad en el mismo edificio.

Ha sido el anterior marido el que ha conseguido que los jueces se pronuncien a su favor al reclamar el derecho al uso de la vivienda en la que en su día vivió con la madre de su hija. Su exmujer había intentado que esta petición de su expareja no se cumpliera, señalando a los jueces que el hombre disponía de otras viviendas en propiedad y no tenía ninguna necesidad de reclamar esta casa.

La sentencia se pronuncia sobre las obligaciones que tienen los padres frente a los hijos una vez que han cumplido la mayoría de edad, basándose en la última línea de interpretación que realiza el Tribunal Supremo sobre estas situaciones que son muy habituales. Así, el tribunal refiere que cuando los hijos son menores de edad se les atribuye el uso de la vivienda familiar, bajo la compañía del adulto que tiene su custodia. Pero esta situación cambia cuando cumplen los 18 años.

El tribunal señala que la doctrina sostiene que a partir de la mayoría de edad de los hijos este derecho al uso de la vivienda se extingue. Y, además, aclara la sentencia que no debe confundirse el derecho a la vivienda o la obligación a una prestación alimenticia. Es decir, los padres continúan con la obligación de seguir alimentando a sus hijos, pero ellos ya tienen la posibilidad de elegir con quién de los dos quieren vivir. Por ello, la persona que ha estado disfrutando de la casa familiar a partir del momento en el que la pareja se separó, pierde ese derecho.

Como antes señaló la jueza de primera instancia que resolvió la demanda a favor del marido, la Audiencia apunta que en un caso como este sería oportuno modificar las medidas en cuanto al derecho que tiene la hija de recibir una pensión por alimentos, pero que esta situación nada tiene que ver con el disfrute de la vivienda familiar.

El exmarido, entre otros argumentos, denunció que su exmujer había abusado de su derecho al utilizar la vivienda familiar para iniciar una nueva relación con su actual pareja. Sin embargo, el tribunal rechaza este argumento, porque entiende que nada tiene que ver con el hecho de que pueda reclamar su derecho al piso al ser su hija ya mayor de edad.