El Tribunal Constitucional (TC) ha levantado la suspensión de la Ley de Toros a la balear, solicitada por el Gobierno central en el recurso contra la normativa aprobada por el Parlament mientras el Tribunal no se pronucie sobre la constitucionalidad de los preceptos recurridos.

El TC ha adoptado esta decisión en un auto con fecha de ayer en el que concluye que "la regulación contenida en los preceptos recurridos no es exactamente igual a la que fue declarada inconstitucional en 2016", ya que no existe "la similitud intensa o coincidencia literal" que exige la jurisprudencia del TC "para poder fundamentar, excepcionalmente, el mantenimiento de la suspensión en virtud del criterio de la apariencia del buen derecho".

En el auto, se consideran "insuficientes" las argumentaciones ofrecidas por la abogacía del Estado para mantener la suspensión de la Ley de Toros mientras se resuelve el recurso. En este sentido, el TC resalta que "para que proceda el mantenimiento de la suspensión no basta invocar la existencia de los perjuicios que la eficacia de la norma podría ocasionar", sino que además es necesario "demostrar o, al menos, razonar consistentemente su procedencia y la imposible o difícil reparación de los mismos, ya que debe partirse en principio de la existencia de una presunción de constitucionalidad a favor de las normas o actos objeto de conflicto". En este caso, el TC considera que no se han cumplido estas argumentaciones suficientes como para justificar que la Ley de Toros a la balear se mantenga en suspenso.