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FCC

Rechazan una reclamación de 9,2 millones de FCC contra el Consell

Una filial de la multinacional lleva años pleiteando para resarcirse de las pérdidas que le produjo la fallida instalación de la desaparecida Televisión de Mallorca en la finca Son Puig de Palma

La finca de Son Puig donde iba a instalarse la Televisión de Mallorca. Guillem Bosch

El juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de Palma ha desestimado, sin entrar al fondo del asunto, una reclamación de 9,2 millones de euros de Tema Concesionaria S.A. , una filial de la multinacional Fomento de Construcciones y Contratas (FCC), contra el Consell de Mallorca.

Fomento lleva años pleiteando para resarcirse de un incumplimiento de contrato sellado en 2006 con el Consell. Por aquel contrato, la institución insular se comprometió a abonar a la constructora 112 millones de euros en 40 años, a cambio de la propiedad de Son Puig y su habilitación como sede de la Televisión de Mallorca.

Obstáculos de Cort

El proyecto, que en sus orígenes fue impulsado por UM cuando gobernaba el Consell, no salió adelante porque Cort puso obstáculos, dado que Son Puig es un edificio protegido incompatible con los usos previstos.

FCC inició entonces un largo proceso para tratar de resarcirse de las pérdidas sufridas, entre ellas los 5,5 millones que había pactado pagar por Son Puig. La constructora ha reclamado ante la jurisdicción civil, pero la sección tercera de la Audiencia Provincial dictó una sentencia rechazando la competencia y remitiendo a la demandante a la jurisdicción contencioso-administrativa.

En 2012 Tema presentó una reclamación administrativa ante el Consell por responsabilidad patrimonial. La institución desestimó esa petición de indemnización y la constructora presentó ese año una demanda contencioso-administrativa, valorando las pérdidas en los 9,2 millones mencionados.

Cinco años después, y tras muchas vicisitudes, la jueza de lo contencioso-administrativo 1 ha desestimado la reclamación alegando que Fomento debe acudir, pese a lo que dijo la Audiencia, al juzgado de lo mercantil que tramita, desde 2012, el concurso de Televisión de Mallorca para plantear el caso.

"Se pretende ejercitar una acción para exigir responsabilidades al socio único (el Consell) por los daños y perjuicios causados, antes o después de la declaración judicial de concurso (de la Televisión de Mallorca), por lo que claramente es la jurisdicción mercantil la competente para el conocimiento de dicha acción", afirma la sentencia. La jueza añade que una reclamación similar ya ha sido desestimada por el juzgado de lo mercantil y la Audiencia, en sentencia que ya es firme.

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