La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Balears ha abortado el intento de apartar al juez Penalva y al fiscal Subirán de la instrucción del caso Cursach. Y lo ha hecho rechazando, a través de una larga y fundamentada resolución, la querella inicial y sus posteriores ampliaciones que presentaron los abogados José Ignacio Herrero y Vicente Campaner, en la que acusaban a juez y fiscal de graves delitos, solicitando incluso la detención de los dos. La Sala no solo rechaza dar trámite a dicha querella, sino que dedica duras críticas a los métodos que se han utilizado para apartar del caso a Penalva y Subirán, cuestionando que un abogado pueda realizar una grabación clandestina en el propio despacho del juez y que después la utilice para poner en duda su imparcialidad.

El tribunal que preside el juez Antoni Terrasa no entra en el fondo de la investigación del caso Cursach. Se limita a analizar y a pronunciarse sobre las tres situaciones que, según la querella, justificaría que se investigara a juez y fiscal. Una de ellas se sitúa en el interrogatorio practicado a unos testigos, que declararon en la causa sobre la agresión sufrida por uno de los declarantes protegidos. Por ello se envió a prisión a un ciudadano rumano, que se declaró inocente. Su abogado defensor, Herrero, presentó varios testigos para declarar a su favor. Algunos eran familiares del investigado. El juez y el fiscal alcanzaron la convicción de que los testigos mentían y por ello, en tono alto (según la grabación) se les indica las consecuencias del falso testimonio. El auto del TSJB critica que se grabara esta declaración ocultándoselo al propio juez Penalva. "La grabación se llevó a cabo con deslealtad procesal porque se ocultó intencionalmente y ahora se está empleando sin demasiada buena fe procesal". El abogado exigió que la declaración de los testigos que aportaba fuera grabada, situación que el juez rechazó por la falta de medios.

La Sala entiende que el hecho de que no se grabara la declaración en nada afectó al derecho de defensa. Es más, se recuerda que el letrado firmó "sin ninguna reserva" el acta de la declaración. "El derecho de defensa por el que se clama insistentemente, en lugar de ejercitarse en el correspondiente proceso, se ha sustituido por un método inédito hasta la fecha: la grabación clandestina destinada a cuestionar, combatir y atacar unas actas frente a las que en su momento no se produjo ninguna reacción en términos de defensa", concluye el TSJB.

También rechaza el tribunal que el fiscal, en una declaración grabada, indujera al testigo a identificar a determinados policías. La Sala recuerda que este testigo ya había declarado anteriormente, pero sobre todo considera que "no parece ni lógico, ni habitual, ni siquiera imaginable, que un juez y un fiscal se dediquen a perpetrar delitos sabiendo que están siendo grabados".

Por último, la Sala ha analizado las grabaciones y los mensajes de Whatsapp que el juez y el fiscal mantienen con la testigo número 31, conocida como la madame. Y la conclusión es que no se aprecia "ninguna intimidación, ni tampoco inducción a falsear la verdad", como señalaba la querella. "La testigo actúa con total frescura, firme decisión y hasta tomando la iniciativa, lo que descarta cualquier provocada perturbación de su ánimo, sin que tampoco se atisbe actuación pretensiones intimidatorias".