El juez Penalva y el fiscal Subirán han salvado el primer intento del entorno de Cursach para apartarles de esta compleja investigación. Se trata de una primera victoria porque la Sala de lo Penal del tribunal de Justicia de Balears ha rechazado la petición planteada por los abogados José Ignacio Herrero y Coco Campaner, que pedían que se apartara del caso al juez Penalva y al fiscal Subirán por graves irregularidades en la instrucción, y al mismo tiempo se solicitaba su detención y la de los policías del grupo de blanqueo. Una propuesta, inédita hasta ese momento, que se planteaba en la tercera ampliación de una querella que ya se presentó el pasado mes de agosto. La querella se presentó a instancias de una mujer rumana, familiar de un presunto sicario que está en prisión acusado de propinar una paliza a uno de los testigos protegidos del caso.

En la última ampliación de la querella, los abogados entregaron una serie de conversaciones por WhatsApp entre el juez y la testigo número 31. Entendían que el juez y el fiscal habían utilizado a la madame (testigo 31) para amañar pruebas en contra de los investigados. Sin embargo, el tribunal ha pedido que se subsanen "los defectos apreciados en la supuesta autentificación de la transcripción de las conversaciones" presentadas.

Es la primera vez que el Tribunal Superior de Balears se pronuncia sobre el caso Cursach, y además lo hace justo el día siguiente de que uno de los abogados de Cursach organizara una manifestación callejera en contra del juez Penalva y del fiscal Subirán, que se ha interpretado como un claro intento de presionar y cuestionar la independencia judicial. Los jueces Antonio Terrasa (presidente), Miguel Ángel Aguiló y Antonio Monserrat suscriben un duro auto en el que, sin haber entrado todavía en el fondo de la querella, sobre la que no se han pronunciado, describen las numerosas subsanaciones que se han tenido que resolver para dar trámite a dicha denuncia. De hecho, recuerdan que la mujer que ha presentado esta querella no es ni siquiera parte en el sumario del caso Cursach y por ello ha tenido que pagar una fianza para ejercer la acusación popular.

"La petición de las medidas en cuestión cursa con eminente desprecio a la independencia judicial", señala el auto.

Para la Sala, "la posibilidad jurídica de adoptar medidas cautelares sin que se haya abierto el procedimiento criminal correspondiente constituye un severo escollo sobre el que en este instante no parece necesario profundizar más". Sigue explicando a los letrados que "las medidas cautelares ahora solicitadas (prisión para juez y fiscal) fundamentalmente pretenden imponer actuaciones a otro órgano jurisdiccional en una causa judicial de la que este último conoce en el ámbito de su propia competencia".

Para alcanzar la decisión de rechazar la propuesta de encarcelar a juez y fiscal, el Tribunal Superior de Balears detalla que "al solicitar semejantes medidas se desconoce, olvida o silencia, que no es posible dirigir instrucciones ni prevenciones a los jueces sobre el modo de decidir, salvo la potestad de revisar sus decisiones, en todo caso mediante los recursos establecidos para ello". Y remata el argumento señalando que "en este caso ni se ha abierto procedimiento alguno, ni se está revisando por vía de recurso la actuación de aquellos otros jueces que han tomado unas decisiones que quien ha presentado la querella pretende eliminar sin respetar algunos derechos fundamentales, ni las correspondientes exigencias legales sobre competencia y procedimiento".

Al entrar más a fondo, el auto resalta que "la solicitud de medidas que se está examinando constituye una auténtica invitación o inducción, según se quiera, a que incurramos en un comportamiento que envolvería arrogación de atribuciones judiciales que no nos corresponde". E insiste en que "supondría dirigir a otros jueces instrucciones, órdenes o intimaciones relativas a causas o actuaciones que estén conociendo". Si no se respetara este principio, según resalta el TSJB, se estaría cometiendo un delito de usurpación de atribuciones. Los tres jueces tienen muy claro, y así lo destacan, que "la adopción de semejantes medidas cautelares constituiría la invasión indebida (o algo más) de un ámbito jurisdiccional ajeno a este tribunal". Y también recuerdan a los querellantes que se pueden combatir las resoluciones judiciales "adversas o incorrectas, pero siempre desde el mismo procedimiento, a través del sistema de recursos, o el planteamiento de la pertinente recusación".