El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes la Ley 9/2017, de 3 de agosto, de regulación de las corridas de toros y de protección de los animales en Baleares, popularmente conocida como Ley de 'toros a la balear'. La ley entró en vigor en agosto con su publicación en el Boletín Oficial de Baleares (BOIB) y ahora la recoge el boletín estatal. Fue aprobada por el Parlament balear en un pleno extraordinario el 24 de julio.

La ley de 'toros a la balear', que nació con un aviso de inconstitucionalidad, salió adelante con los votos a favor de los grupos parlamentarios PSIB, Podemos y Més, los votos en contra de PP y Ciudadanos y el apoyo parcial a algunas de las enmiendas por parte del El PI.

La norma establece diversas restricciones en las corridas de toros, como la prohibición de herir a los animales de ningún modo, y por tanto, del uso de banderillas; de la venta de alcohol o de la entrada de menores de 18 años, además de limitar el tiempo a 10 minutos por toro con un máximo de media hora en total.

En este sentido, la ley impone restricciones al 'Correbou' de Fornalutx -que este septiembre ha realizado su primera edición incorporando modificaciones- pero no afecta a las fiestas con caballos de Menorca.