La sección segunda de la Audiencia de Palma desestimó ayer, en un contundente auto, el último cartucho que tenían los 84 controladores aéreos de Balears acusados de crear un caos en los aeropuertos isleños con la huelga ilegal encubierta del puente de la Constitución de 2010. El tribunal confirmó el auto de procesamiento de los empleados de Aena y declaró que existen serios indicios de que pudieron cometer un delito de sedición, o subsidiariamente otro de huelga ilegal de funcionarios que afecte a un servicio público.

La sección segunda de la Audiencia Provincial confirmó mediante un auto la resolución del juzgado de instrucción número 1 de Palma donde se acordó la continuación de diligencias previas a procedimiento abreviado, auto de "procesamiento"o de finalización de la instrucción- contra 84 controladores aéreos.

La Audiencia desestimó por tanto los recursos de apelación interpuestos por la representación procesal de los controladores investigados. algunos a título individual y otros agrupados, contra dicho auto de pase a procedimiento abreviado. El juez instructor Juan Manuel Sobrino consideró en su auto ratificado que existen indicios suficientes para que los hechos ocurridos en los aeropuertos de Palma, Menorca y Eivissa en diciembre de 2010 puedan ser constitutivos de un delito de sedición.Jurisprudencia

La Audiencia apunta que conforme la doctrina emanada del Tribunal Supremo "el sobreseimiento de las actuaciones en esta fase intermedia constituye una decisión residual, de modo tal que operará la apertura de juicio oral cuando desde luego de modo inobjetable no proceda el sobreseimiento y que en supuestos de imputaciones dudosas la regla general es que las dudas han de resolverse en el acto de juicio oral".

Por otra parte, el tribunal reconoce que los hechos investigados son complejos y que "es criticable la atribución genérica que el auto recurrido hace, sin referencia por nombres y apellidos, a cada uno de los controladores investigados, pues admite y reconoce que su papel no fue el mismo, pero también hay que entender que, a priori y según el planteamiento que en el auto expresa, nos encontraríamos ante un delito de sedición o de huelga ilegal a cargo de funcionarios públicos que parte como presupuesto de la participación de una colectividad de sujetos, delitos que comportan una actuación conjunta". La Audiencia califica de "extraña e insólita patología colectiva" las enfermedades que los controladores alegaron padecer para no trabajar.