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Tribunales

Despiden a un camarero del aeropuerto por apropiarse de 25 euros

La concesionaria de los bares y restaurantes de Son Sant Joan instaló cámaras de seguridad en los locales ante los descuadres de caja

Una cámara de seguridad en un recinto público.

Áreas S.A., la empresa concesionaria de bares y restaurantes en el aeropuerto de Palma, despidió a un camarero-cajero por apropiarse de 25 euros de clientes del local y usó como prueba de los hechos un vídeo de seguridad del local, grabación que un juez de lo social de Palma deberá determinar si es lícita. La empresa instaló entre 2008 y 2015 múltiples cámaras de vídeo vigilancia en los locales ante la oleada de descuadres de caja que venía sufriendo y que intentó paliar mediante vigilancias de detectives privados.

Los hechos se han conocido merced a una sentencia de la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia (TSJB), que ha ordenado repetir el juicio donde se vio, en primera instancia, la demanda de despido del empleado.

El despedido fue un veterano trabajador de la compañía que hacía funciones de cajero en un bar situado en la terminal A de Son Sant Joan.

Según la carta de despido, las cámaras de seguridad grabaron al empleado el 18 de junio del 2014 cuando se apropió de 24,8 euros de varios clientes del local y de la propia empresa.

El cajero habría engañado a 18 pasajeros que pagaron sus consumiciones con billetes. El truco empleado era sisarles unas monedas en las vueltas, dinero que el sancionado después metía en el bote de propinas, sobre el que no tenía control la empresa. Las vídeo cámaras captaron al trabajador escondiendo la monedas hurtadas en el tique de consumición, papel que doblaba para ocultar en su interior entre 50 céntimos y 3 euros por cliente estafado.

Los viajeros se iban sin recibir el correspondiente tique, que el cajero tiraba a la basura.

Dinero de consumición

La carta de despido también imputaba al sancionado el haber birlado otra moneda de una consumición de 7,2 euros que el pasajero pagó en efectivo.

La empresa tipificó los hechos como una falta muy grave, que podía sancionarse con una suspensión de empleo y sueldo o con un despido, medida que fue adoptada.

Tal y como se relata en la sentencia del TSJB, la concesionaria a principios de los años 2000 contrató a detectives privados para tratar de solucionar las pérdidas sufridas por descuadres de caja. Los detectives vigilaron a algunos camareros y les grabaron con cámara oculta cuando se dedicaban a distraer dinero o no cumplían las normas de trabajo que obligan a registrar en la caja todas las consumiciones y a dar a los pasajeros los tiques.

Los informes de los detectives facilitaron pruebas para despedir a algunos empleados desleales, pero los descuadres siguieron. La empresa decidió en 2007 empezar a instalar, de manera progresiva, cámaras de vigilancia en las barras y especialmente en las cajas de los locales.

Estos sistemas únicamente registran imágenes y no sonidos. Las grabaciones son revisadas por empleados de una compañía de seguridad externa que informan de las anomalías al jefe de personal de Áreas S.A.

El comité de empresa se opuso al nuevo sistema de control, pero tanto la Agencia de Protección de Datos, como el TSJB se pronunciaron a favor de la legalidad de las cámaras.

Las grabaciones han permitido descubrir en los últimos años más casos de apropiaciones indebidas de fondos, que han acabado con el despido de los infractores.

Pese a los pronunciamientos que apoyan el método de control, Pablo Alonso del Caso, letrado del cajero despedido, cuestionó en el juicio por el despido la legitimidad como prueba de la grabación. El abogado postula que las cintas se obtuvieron vulnerando los derechos fundamentales del empleado y son una prueba nula.

La juez de lo social dio por bueno el vídeo y estimó innecesario abrir el debate en el juicio para que el abogado del demandante argumentara sobre la inconstitucionalidad de la prueba. El TSJB ha revocado la sentencia y ordenado que se repita el juicio para revisar la validez de la cinta.

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