El juzgado de familia número tres de Palma ha obligado a un divorciado a pagar una indemnización de 30.000 euros a su exesposa por el trabajo que ésta realizó, durante diez años y sin cobrar sueldo alguno, en la pizzería familiar de Mallorca. La sentencia argumenta que la mujer, defendida por Pablo Alonso del Caso, tiene derecho a una compensación por haber contribuido durante esos años a la economía familiar y porque también se ocupaba de las tareas del hogar.

El establecimiento de esa indemnización compensatoria no es habitual en los juzgados de familia, donde sí se suelen ordenar pensiones mensuales para los excónyuges o las exparejas que hayan salido peor perjudicadas económicamente tras la ruptura. En el este caso también se ha dispuesto que el hombre abone una suma mensual a su expareja durante dos años.

La sentencia fue dictada hace algunas semanas por la magistrada Esther María Domene Riego y se deriva del proceso de divorcio de un matrimonio mallorquín.

La pareja se casó en 2010 y se separó cuatro años más tarde. Sin embargo, la sentencia da por acreditado que antes de la boda hubo una convivencia de seis años. Los divorciados no tuvieron hijos.

Difícil futuro

La mujer reclamó una cantidad mayor al juzgado, pero éste ha fijado la compensación en 30.000 euros. La demandante alegaba que en esa década no había cobrado sueldo alguno y debía ser indemnizada con una suma proporcional al salario no percibido.

Sin embargo, la jueza entiende que en esos años la esposa vivió de lo que ganaba el matrimonio con el restaurante italiano y no tuvo que pagarse sus gastos. Por eso rebaja la cantidad a 30.000 euros.

La sentencia destaca que la divorciada solamente ha trabajado en la pizzería y por eso tiene difícil buscarse una nueva ocupación, algo que también resulta complicado por su edad.

El fallo destaca que la pizzería es propiedad del divorciado, que con el dinero de ese negocio se compró un chalé, que fue pagando gracias a una hipoteca.

De acuerdo con la magistrada, se ha producido en esta familia un empobrecimiento injustificado de la mujer y un enriquecimiento paralelo del marido.

"El demandado, con la colaboración de su esposa en el negocio de la pizzería, ha podido ir aumentando su patrimonio por cuanto durante el tiempo de la convivencia ha ido abonando la hipoteca del chalé que tiene en su exclusiva propiedad", afirma la sentencia.

Por el contrario, la mujer, "al haber dedicado su tiempo principalmente a trabajar en la pizzería de su exmarido, no ha podido procurarse un medio de vida que le reporte ingresos suficientes para mantenerse una vez que ha cesado la convivencia".

Además, la demandante se hizo cargo en esos diez años de las labores domésticas, circunstancia que también la hace acreditativa a la compensación.

Quinientos euros al mes

La jueza entiende que para paliar ese desequilibrio caben dos medidas: que el exesposo abone a su exmujer una pensión mensual de 500 euros, durante dos años y que le pague también una compensación de 30.000 euros por su contribución a la economía familiar a lo largo de 10 años.

La sentencia, que puede ser recurrida ante la Audiencia, dispuso el divorcio del matrimonio.

El exmarido y la fiscalía se opusieron a las pretensiones de la mujer demandante.