Tres años más de cárcel para Maria Antònia Munar que se suman a la condena de 11 años que cumple por otros casos.

La Audiencia de Palma ha condenado a la expresidenta del Consell de Mallorca a 3 años de prisión como autora de un delito de cohecho pasivo por cobrar un soborno a cambio de la adjudicación del concurso de venta de los terrenos públicos de Can Domenge.

Según ha informado hoy el Tribunal Superior de Justicia de Baleares, Munar, encarcelada desde 2013 por otras dos penas por corrupción que suman 11,5 años de cárcel, también ha sido condenada a pagar una multa de 6 millones de euros e inhabilitada para ejercer cargo público durante 8 años.

A finales de septiembre pasado Munar fue juzgada por el soborno de Can Domenge por un jurado popular que la declaró culpable sin atenuantes. La Fiscalía Anticorrupción solicitaba una pena de 4 años de prisión.

La sentencia, dictada por la magistrada Rocío Martín, que presidió el tribunal del jurado, condena también al exvicepresidente insular Miquel Nadal a 1 año y 10 meses de prisión, multa de 3 millones de euros e inhabilitación especial para empleo o cargo público de 7 años.

Bartomeu Vicens, que era conseller insular de Territorio cuando se pagó el soborno en 2006, ha sido condenado a 1 año y medio de cárcel, multa de 2 millones de euros e inhabilitación especial para empleo o cargo público de 5 años.

Sobre Miquel Llinás, que hizo de intermediario para el abono de los 4 millones de euros del cohecho, ha recaído una condena de 8 meses de prisión, multa de 900 euros 10 meses de inhabilitación como cómplice, mientras que el empresario Román Sanahuja, que se avino al soborno a cambio de la adjudicación de los terrenos pese a ofrecer la mitad que sus competidores, ha sido condenado a 9 meses de cárcel y una multa de casi 19.000 euros por cohecho activo.

Todos los encausados menos Munar confesaron los hechos antes del juicio, lo que les supuso la aplicación de atenuantes que la Fiscalía tuvo en consideración en sus solicitudes de pena.

Sin embargo, la expresidenta del Consell de Mallorca, del Parlament y del extinto partido Unió Mallorquina no admitió su participación en el cohecho hasta el juicio ante el jurado, en cuya última sesión, el 4 de octubre, se disculpó tras asumir su culpa: "Lo siento mucho, pido perdón", dijo.

"Maria Antònia Munar es una cosa y Unión Mallorquina otra", declaró en el turno de última palabra después de que su defensa solicitara la aplicación de atenuantes por su confesión.

Sin embargo, el fiscal Joan Carrau mantuvo su petición de 4 años de prisión y 7 millones de multa y pidió a los miembros del jurado que no se dejaran impresionar por el sufrimiento expresado por Munar, que se había declarado "muerta" socialmente.

"Son los que se saltan la ley los que son responsables de ese sufrimiento", dijo el fiscal, para quien la confesión de Munar no aportó nada a la investigación ni tampoco detalló cuánto dinero percibió ella y dónde lo guardó.

El jurado atendió sus argumentos y declaró a la expresidenta insular culpable de cohecho sin atenuantes y consideró probados unos hechos que hoy ha ratificado la sentencia.

La magistrada Martín corrobora también que no cabe aplicarle ninguna circunstancia atenuante, "si bien tiene en cuenta determinados hechos en la individualización de la condena impuesta", aclara el TSJIB.

La sentencia, recurrible ante la sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, acuerda el comiso de 4 millones de euros respecto a Munar, Nadal y Vicens, incorporando las cantidades ya consignadas por los condenados durante el procedimiento.

"Munar ha conculcado la confianza ciudadana"

La Audiencia señala en la sentencia que Maria Antònia Munar "ha conculcado cualquier confianza ciudadana" ya que tenía "una posición de control y supervisión de todo el concurso" amañado que la hace acreedora de mayor reproche penal que a sus subordinados.

"La igualdad no significa tratar a todos por igual, sino dar el mismo tratamiento en situaciones iguales, pero diferenciado cuando las situaciones son diferentes", señala la magistrada Rocío Martín citando al Tribunal Constitucional.

"Debe destacarse -subraya- que la señora Munar era la máxima autoridad del CIM, esto es, la presidenta del CIM, siendo que esta condición no puede penarse igual que si hubiera realizado el hecho un funcionario orgánicamente inferior".

La magistrada argumenta su rechazo a la aplicación de la reducción de pena por confesión en que, aunque en el juicio Munar admitió su participación en los hechos, "a la hora de dar respuesta a las preguntas que se le formularon o bien no aclaró nada más allá de lo que había reconocido o simplemente se acogió a su derecho a no contestar".

Por ello, teniendo en cuenta que los otros acusados habían confesado con detalle los hechos, la jueza entiende que la procesada no aportó "ninguna información relevante para la justicia".

En relación a la reparación del daño con 150.000 euros aportados justo al inicio de la vista oral el 3 de octubre, es una cantidad que denota que "no ha realizando un esfuerzo relevante" para aliviar el daño que ocasionó, máxime teniendo en cuenta que recibió unos 2 millones por el amaño del concurso, de los que una parte sin determinar fueron a parar a Unió Mallorquina.

"Los jurados han valorado la insignificancia de la cantidad consignada", incide la sentencia.

Respecto a las supuestas dilaciones indebidas alegadas, la magistrada indica que desde que se inició el procedimiento en mayo de 2013 hasta que se ha juzgado han pasado 3 años y medio, "un plazo razonable atendiendo a los hechos investigados y a las diligencias de investigación realizadas".

No obstante, las circunstancias que son insuficientes para considerarse atenuantes sí son tenidas en cuenta por la jueza para atenuar la pena por el delito de cohecho pasivo, que puede ser de entre 2 y 6 años. Los 3 años de prisión que le impone son una pena "proporcional y ponderada respecto", concluye.