Diario de Mallorca

Diario de Mallorca

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Tribunales

Los jueces respaldan que se persiga a los contribuyentes de la lista Falciani

Ratifican la sanción contra dos empresarios extranjeros de Mallorca, propietarios de una inmobiliaria, que no habían declarado el dinero que tenían en una cuenta en Suiza

Hervé Falciani facilitó a las autoridades la identidad de 130.000 defraudadores fiscales con más de 30.000 cuentas bancarias.

Los jueces de Balears respaldan que se persiga a los contribuyentes que figuran en la famosa lista Falciani, que corresponde a un grupo de presuntos evasores fiscales. En esta lista aparecía un matrimonio extranjero, propietario de una importante empresa inmobiliaria de Mallorca, que no había declarado a las autoridades tributarias de Balears la titularidad, a partes iguales, de una cuenta en una entidad bancaria de Suiza. En concreto, tenían depositados unos ahorros en una cuenta del banco HSBC, son sede en Suiza, que en el año 2005 contaba con un saldo económico de más de 331.334 euros. Al descubrirse la presencia de estas dos personas de Balears en dicha lista, la Agencia Tributaria de Balears procedió a realizar una inspección, que concluyó con una propuesta de sanción, puesto que los dos contribuyentes de la isla no habían comunicado que disponían de este dinero en el extranjero. La sanción no fue muy elevada, en función del dinero que guardaban en esta cuenta en Suiza. La multa no alcanzó los 2.000 euros entre los dos, pero el matrimonio acudió a los tribunales para que la sanción tributaria se anulara puesto que denunciaban, por una parte, que no era cierto que tuvieran esta cuenta en Suiza y, por otra, que las autoridades fiscales habían obtenido los datos a través de un método ilegal.

La conocida lista Falciani la entregó un antiguo trabajador del banco suizo HSBC. Aportó a las autoridades francesas la identidad de más de 120.000 defraudadores fiscales. Francia, a su vez, facilitó a la agencia tributaria española los nombres de las personas, residentes en España, que aparecían en dicho listado.

Los dos contribuyentes que han intentado anular la sanción de Hacienda sostuvieron que no era cierto que tuvieran una cuenta en este banco suizo, pero que no lo podían demostrar. Sin embargo, en la ficha facilitada por el antiguo trabajador del banco aparecía correctamente los nombres de los clientes, la profesión y el domicilio en Mallorca. Estos tres datos, a juicio de los jueces, demuestran que no es un invento, sino todo lo contrario, que esta cuenta bancaria existe y que fue abierta por los dos empresarios residentes en Mallorca.

Lógicamente, los magistrados también han entrado a analizar la posible procedencia ilegal de los datos que llegaron a las autoridades tributarias. La sentencia recurre a un auto que dictó la Audiencia Nacional, que señalaba que la obtención de estas informaciones no había supuesto la vulneración de ningún derecho fundamental. Ya los jueces establecieron que en el derecho español no existe ninguna protección específica del secreto bancario. Y en este sentido, se recordaba también que el derecho penal español lo que protege es "el secreto de las personas, instrumental a la intimidad o privacidad de aquello que se quiere mantener ajeno o reservado al general conocimiento". Las autoridades suizas pidieron la extradición de Falciani, que se había refugiado en España. Esta petición fue rechazada. Los jueces, para denegarla, recordaron que la conducta que denunció Falciani entregando la lista de defraudadores, "se produce en un contexto de unas prácticas bancarias, no solo reprobables, sino directamente sancionables en el ámbito administrativo e incluso en el penal, en nuestro derecho y en otros, por insuficiente control y, en algunos casos, incluso su permisividad o complacencia con actividades delictivas de defraudación tributaria y blanqueo de dinero".

Por tanto, los jueces dejaron muy claro que el antiguo empleado del banco suizo no había cometido ningún delito al filtrar a las autoridades el listado de posibles defraudadores tributarios. Al no ser delictiva esta actuación, tampoco lo es que las agencias tributarias utilicen después esta información para perseguir a los contribuyentes que han ocultado información sobre el dinero que escondían en el extranjero.

El tribunal de Palma, siguiendo la línea que dejó marcada la Audiencia Nacional, rechaza el argumento de que la información que utilizó Hacienda tuviera un origen ilegal. De este modo, se rechaza uno de los argumentos principales por los que este matrimonio pedía que se anulara la sanción económica.

Compartir el artículo

stats