La Audiencia de Palma ha condenado a 4 años y 9 meses de prisión a un constructor por falsedad, estafa y apropiación indebida por haber causado un perjuicio de 979.803 euros a una entidad financiera de Balears, que le adelantaba pagos de facturas que le debía la administración. El tribunal declara probado que, valiéndose de la confianza construida con la entidad bancaria con la que llevaba años trabajando, el propietario de la empresa de construcción cobró por duplicado varias facturas, tanto a la entidad bancaria como a las administraciones, según recoge la sentencia.

El constructor constituyó tres pólizas de descuento en la oficina de una entidad financiera en Inca a partir de 2003, para obtener un adelanto de tesorería. Ese producto financiero suponía que la caja le adelantaba al constructor el pago de las facturas que le debían por trabajos las administraciones, que a su vez pasaban a deberle el dinero a la entidad de crédito. Ese proceso requería una tramitación, en la que el constructor llevó a cabo irregularidades. Cobró dos veces hasta 13 facturas, tanto de las administraciones para las que hizo las obras como de la caja con la que había suscrito las pólizas de descuento.

Cuando las pólizas vencieron en 2010, la entidad se puso en contacto con los ayuntamientos y empresas públicas que no estaban pagando las facturas (los consistorios de Deià, Sant Joan, Marratxí, Santa María del Camí y Pollença, la EMOP y Calvià 2000) y detectó que o bien ya las habían abonado a la empresa o nunca habían aceptado el sistema de pago que se les reclamaba. En unos casos, el empresario volvió a cobrar de las administraciones facturas que previamente había endosado a la caja, y en otros había cobrado de la entidad por facturas falsamente admitidas por esas instituciones. La caja no ha podido recuperar 979.803 euros.

La empresa llegó a tener un volumen de negocio de hasta 8 millones de euros anuales y 200 empleados, pero a partir de 2006 quebró.

El banco no se percató de las falsedades hasta que un ayuntamiento informó de que no había admitido adeudar a la caja una de las facturas. La Audiencia de Palma considera acreditado que el empresario confeccionó u ordenó confeccionar los documentos falaces, alteró certificaciones o facturas y realizó simulaciones que inducían a error. El empresario usó facturas simuladas como "cebo o señuelo de una maniobra engañosa" para llevar a error a los responsables de la oficina bancaria con quienes llevaba años haciendo negocios, valiéndose de la confianza que tenían.