Los monitores de tiempo libre, tanto profesionales como voluntarios, deberán acreditar que no han cometido delitos sexuales, probando que no figuran en el Registro de Delincuentes Sexuales. Según una modificación de la Ley de Protección a la Infancia hecha a finales del año pasado, todos los profesionales que trabajan con menores deben acreditar que no están en este Registro.

Cada Administración ha empezado a dar pasos en este sentido: Educación ya ha empezado a pedirlo a los interinos docentes y a partir de septiembre lo pedirá a los funcionarios; el Ib-Salud planea solicitarlo a partir de este verano; y el área de Juventud introducirá este requisito en la actualización que quiere hacer a través de un decreto único de los múltiples reglamentos que desarrollan la actual Ley de Juventud.

Así lo indicó ayer la consellera de Transparencia, Cultura y Deportes, Ruth Mateu, con motivo de una reunión de la Conferencia sectorial de juventud (órgano de coordinación entre el Govern y los consells insulars de Menorca, Eivissa y Formentera).

A través de esta norma se regularán los principios generales -comunes para todas las islas- a aplicar para las escuelas de educación en el tiempo libre infantil y juvenil, los cursos de monitor y de director, las actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil, las instalaciones juveniles de Baleares, el programa Carnet Joven Europeo y el Censo de entidades juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud. El objetivo es "dar seguridad jurídica" y "simplificar".