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Justicia

Obligan a un exjuez a demostrar sus conocimientos para ser abogado

?El colegio de letrados le obligó a superar las pruebas de capacitación para demostrar sus aptitudes

El Colegio de Abogados no aceptó la petición del exjuez.

Una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Balears establece que un exjuez, que ejerció como magistrado de instrucción y más tarde formó parte de un tribunal de la Audiencia de Palma, debe realizar las pruebas de aptitud profesional, es decir, debe demostrar sus conocimientos jurídicos, si quiere ejercer la abogacía. Así lo estableció primero el Colegio de Abogados de Balears y más tarde los tribunales, que han llegado a la conclusión de que este exmagistrado, que entró en la carrera judicial a través de turno de juristas de reconocido prestigio y no a través de una oposición, debe superar este requisito si pretende ejercer la abogacía.

Esta situación que ha resuelto el Tribunal Superior es insólita, por cuanto afecta a un jurista que ha ejercido como juez sustituto, en distintos juzgados de Palma, pero que en estos momentos le interesaba trabajar como abogado. Para ello, precisaba que se aceptara su inclusión en el Colegio de Abogados de Balears. Sin embargo, y a pesar de que su demostrada formación jurídica es más que suficiente para poder ejercer la defensa de sus representados, el Colegio se negó a aceptar automáticamente dicha colegialización. No le importó a la institución colegial el currículum profesional de esta persona, sólo exigía que pasara las mismas pruebas que cualquier otro licenciado, con independencia de que hubiera estado trabajando como juez, con las responsabilidades que ello conlleva.

Esta decisión del Colegio no fue aceptada por el exmagistrado, que decidió acudir a la jurisdicción administrativa al entender que era absurdo que le obligaran a superar estas pruebas de conocimientos para poder actuar como letrado defensor. Este jurista lleva casi 30 años actuando como juez sustituto, a través del turno de juristas de reconocido prestigio. Además, ha sido profesor universitario y también ha dado clases como especialista en los cursos que deben superar los recién licenciados en Derecho para poder colegiarse.

El exmagistrado acudió a los tribunales porque entendió que la decisión de la Junta de Gobierno del Colegio de Balears, en fecha 21 de febrero de 2014, había sido ilegal, por cuanto se le exigía que demostrara unos determinados conocimientos jurídicos, cuando no se lo habían pedido al ser nombrado magistrado sustituto. El primer juez que vio el caso no le dio la razón y llegó a la conclusión de que no veía motivos por los que tuviera que ser excluido de las pruebas de aptitud profesional, por cuanto los jueces y magistrados suplentes no formaban parte del Poder Judicial. El candidato a abogado no estuvo conforme con esta decisión, porque entendía que los jueces sustitutos tenían que equipararse al resto de los miembros de la Carrera Judicial a la hora de estar excluidos de las pruebas de capacitación para obtener el título de abogados.

Distinta opinión

Esta forma de interpretar la norma no coincide con el criterio del Tribunal Superior, que llega a la conclusión de que los jueces sustitutos no forman parte de la Carrera Judicial. Si bien es cierto que la sentencia señala que jueces de carrera y jueces sustitutos son iguales en cuanto a derechos y deberes, esta situación no implica que esta igualdad deba "proyectarse externamente en ámbitos ajenos a la jurisdicción, como sería el ejercicio de la abogacía y sus requisitos". Por tanto, a pesar de que el tribunal no duda de los conocimientos jurídicos de este magistrado suplente, en este caso entiende que su condición laboral no le exime de tener que pasar por las pruebas de capacitación, siempre y cuando mantenga su intención de ejercer de abogado.

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