Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears ha declarado nula la resolución que permitía a los arquitéctos técnicos utilizar la denominación de "graduado en ingeniería de la edificación".

Según informó ayer el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Balears, la calificación de "ingeniero de la edificación" induce a pensar que estos arquitectos técnicos tienen, en detrimento de otros profesionales, una competencia exclusiva en materia de ingeniería, y dentro de todos los ámbitos que abarca la Ingeniería Industrial además el de edificación El Colegio de Ingenieros Industriales de Baleares solicitó la revisión de oficio de la resolución del Conseller de Presidencia de 20 de noviembre de 2008, por la que se calificaba positivamente los nuevos Estatutos del Colegio de Aparejadores, Arquitectos Técnicos, que incluían en ésta denominación la de "Ingenieros de Edificación".