Portazo al "urbanismo a la carta", como tacharon la legislación en la materia del expresidente Bauzá los partidos que eran oposición y hoy gobiernan Balears. El Ejecutivo de PSOE y Més desmantela los artículos más chocantes con la protección paisajística y retorna al statu quo normativo de antes del último Govern del PP. "No todo vale, como hicieron ellos", señaló el conseller Joan Boned ayer tras aprobarse en consejo de gobierno el decreto ley de medidas urgentes en materia urbanística, que tumba los "aspectos más urbanizadores" de la ley Turística (también conocida como ley Delgado), la ley del Suelo (o ley Company), la ley Agraria y modifica las Directrices de Ordenación Territorial (DOT).

El decreto ley entrará en vigor previsiblemente hoy, con su publicación en el BOIB, y deja sin efecto -como máximo hasta diciembre de 2017- medio centenar de artículos. Mientras dure la suspensión, PSOE, Més y Podemos derogarán en el Parlamento el articulado en cuestión, para abrir un trámite de participación. Cabe destacar que la suspensión cautelar no afectará a las solicitudes de legalización y los proyectos hoteleros que ya han iniciado la tramitación administrativa antes de que cobre vigencia el nuevo decreto ley. Las que siguen son algunas de sus medidas en la práctica más relevantes:

Fin de la amnistía: Adiós a la legalización de obras en rústico con una simple multa

El decreto ley pone fin a la amnistía para las construcciones ilegales en suelo rústico impulsada por el exconseller Biel Company. Ya no se podrán legalizar más obras ilegales pagando una simple multa, "hecho que constituía una auténtico efecto llamada a la indisciplina urbanística". El conseller Boned explicó que "se han legalizado unas 2.000 construcciones de las 30.000 previstas" cuando el PP aprobó la amnistía.

También se suspende la posibilidad de incluir automáticamente como suelo urbano los llamados ´asentamientos rurales´ o ´falsos urbanos´ (núcleos urbanizados irregularmente). Igualmente, se deja sin efecto el subterfugio que amparaba de nuevo la clasificación directa como suelo urbano de Muleta (en Sóller) o Benirràs, en Eivissa.

Menos volumen en rústico: Se rebaja la ampliación de chalés construidos en el campo

La nueva normativa cautelar que ha aprobado el Govern modifica las DOT para dejar en suspenso la posibilidad de que viviendas unifamiliares en suelo rústico que no han agotado las posibilidades edificatorias se puedan ampliar hasta un máximo de 450 metros cuadrados, como hasta ahora. Se vuelve, en este sentido, a la vigencia de los porcentajes de superficie máxima construible en rústico, que no podrá superar el 3% en Mallorca. En la isla la edificación y el resto de elementos constructivos solo podrán ocupar el 4% de la parcela.

Interés general: Los proyectos en rústico vuelven a requerir la declaración

Se vuelve a imponer la obligación de declaración de interés general para las actividades que no son propias del suelo rústico, especialmente en el protegido. Los Consells insulares recuperan así las competencias urbanísticas que les son propias. También será necesaria la declaración de interés general y la evaluación de impacto ambiental para la ampliación o la creación de establecimientos hoteleros en rústico.

Hoteles en faros: No podrá haber hoteles en edificios catalogados

Se elimina la posibilidad de ubicar establecimientos turísticos con carácter general en edificios catalogados o protegidos (por ejemplo, faros) o militares si no lo contempla la normativa urbanística, territorial o de patrimonio.

También se cierra la posibilidad de autorizar proyectos de autor al margen de las exigencias normativas urbanísticas y turísticas vigentes, simplemente por el prestigio o reconocimiento del arquitecto, ingeniero o artista, por la conveniencia notoria del proyecto, como establecía la ley Delgado.

No al cambio de uso: Turismo deja de autorizar el paso de hotel a residencial

El vicepresidente del Govern y conseller de Turismo, Biel Barceló, explicó que su departamento ya no podrá aprobar la conversión de viejos hoteles a bloques de apartamentos residenciales. Los cambios de uso de un establecimiento turístico a residencial o a otro tipo quedan sometidos a las posibilidades que establezcan los planeamientos municipales y las normativas urbanísticas.

Restricciones en hoteles: Se prohíbe ganar alturas y trasvasar edificabilidad dispersa

El decreto ley aprobado ayer limita con creces las ampliaciones extraordinarias de los establecimientos hoteleros que amparaba la ley Delgado. Ésta fijaba un incremento de la edificabilidad y de la ocupación por encima de lo que permiten los parámetros de ordenación territorial y urbanística. Barceló cifró en 600 las plazas aumentadas con estas reformas. Ahora se reducen las posibilidades y se imponen condiciones: Así, en las ampliaciones de establecimientos hoteleros, los incrementos de superficie edificada y de ocupación no podrán exceder el 20%. Desaparece la posibilidad que permitía la actual ley general turística de llegar al 40 % para establecimientos de categorías no inferiores a cinco estrellas o en casos de proyectos singulares.

Las ampliaciones (máximo 20% hoteles y 10% otros establecimientos turísticos) únicamente serán posibles sobre la edificación legal. Se elimina la posibilidad de la anterior norma de crecer sobre lo ilegal, recalcó Barceló. Otra novedad destacada es que se extingue la posibilidad de ampliar establecimientos transfiriendo la edificabilidad de solares no adyacentes, como hasta ahora. Sí se mantiene la opción de aumentar el volumen sumando la edificabilidad de parcelas anexas al hotel, con la condición de que el solar que se agrega en ningún caso esté calificado como espacio libre, equipamiento público o suelo rústico. Barceló señaló que esta excepción no tendrá validez en la Playa de Palma a petición de Cort.

Se impide el aumento del número de plantas: la altura no podrá exceder la existente o permitida (excepto para equipamientos de ascensores, escaleras de emergencia, climatización, telecomunicaciones, eficiencia energética y homogeneización de elementos en las cubiertas). Se elimina la posibilidad de aumentar dos alturas en las zonas hoteleras maduras.

Campos de polo: Se prohíben nuevos proyectos

"Los campos de polo se prohíben", anunció ayer el Govern. Ya no será posible construir un complejo privado con campo de polo y oferta complementaria. En ningún caso se permitirá ningún tipo de juego o apuesta sobre estas actividades. Tampoco se podrán hacer nuevos campos de golf en suelo rústico u otros grandes equipamientos deportivos o de ocio con alojamiento turístico asociado.