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Tribunales

Condenan al Govern por la pérdida de visión de un paciente en lista de espera

La excesiva demora en la revisión de un enfermo con glaucoma empeoró su estado de salud

El enfermo fue llamado tarde a Son Llàtzer.

Un paciente de la sanidad pública de Balears va a ser indemnizado por la administración sanitaria como consecuencia del retraso que sufrió en la lista de espera del hospital público de Son Llàtzer. Recibirá 60.000 euros por las graves lesiones que sufre en la vista, que se produjeron porque no fue llamado cuando correspondía para ser sometido a una revisión en los ojos, ya que había demasiados pacientes en la lista de espera. Este paciente sufría un glaucoma crónico. Esta enfermedad, que provoca una fuerte tensión ocular, le fue detectada en el año 2003. Se considera una dolencia grave que obliga a que el paciente sea sometido a una vigilancia constante para evitar que la presión ocular pueda producir ceguera. El enfermo era tratado en el hospital de Son Llàtzer. Durante el año 2010, los médicos le realizaron una revisión durante los meses de junio, julio, agosto y septiembre. En esta última visita el oftalmólogo le dijo que le haría otra revisión a los tres meses, es decir, en el mes de diciembre. Sin embargo, ese mes en el hospital no había citas libres. A pesar de que el paciente presentaba una lesión complicada, no se le llamó hasta el día 15 de febrero de 2011. Cuando acudió a la consulta, el médico detectó una pérdida de agudeza visual motivada por el glaucoma. A los pocos días tuvo que ser operado. La intervención no evitó que perdiera gran parte de la visión en ambos ojos. En el ojo izquierdo perdió el 80% de la vista y en el otro un 40%. El paciente acudió a los tribunales, porque entendía que el retraso al ser citado para que acudiera a la revisión dos meses después de lo previsto agravó su enfermedad. Sin embargo, los servicios sanitarios públicos no quisieron atender sus quejas, porque entendían que el paciente, pese a que iba notando que perdía la visión, no acudió a los servicios de urgencia oftalmológica y esperó a la revisión del mes de febrero.

El tribunal Superior de Justicia de Balears, a través de la sala de lo contencioso, ha analizado este conflicto entre el paciente y la administración sanitaria.

Los jueces tienen muy claro que el control periódico de los niveles de presión ocular son fundamentales para evitar lesiones oculares por glaucoma. La detección temprana es la única forma de diagnosticar la alteración de la presión que ocasiona esta enfermedad y así se evita la pérdida de visión.

No se puede asegurar que la ceguera no hubiera sido tan grave si la revisión se hubiese realizado en la fecha prevista. Sin embargo, el juez cree que un control puntual de la tensión ocular hubiera limitado algo la pérdida de visión.

Siguiendo este criterio, el tribunal aplica la teoría de la pérdida de oportunidad, que da derecho al paciente a ser indemnizado, no por las lesiones que padece, sino por sufrir las consecuencias del mal funcionamiento de los servicios sanitarios debido al retraso que acumuló la lista de espera. Sobre la acusación de que el paciente pudo acudir antes al médico y así haber evitado los daños, el tribunal rechaza este argumento de la administración. La sentencia recuerda que el glaucoma en la mayoría de ocasiones no produce síntomas, ya que no siempre el aumento de tensión arterial es detectado por el paciente, que la nota cuando ya ha perdido la vista. Por ello, es tan importante el control rutinario.

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