"La persona ha de poder volver a su vida sin tener que afrontar una deuda imposible de pagar que tendrá que arrastrar de manera indefinida". Miquel Coca Payeras, doctor en Jurisprudencia por la Universidad de Bolonia y catedrático de Derecho Civil en la Universitat de les Illes Balears (UIB), sostuvo ayer en la inauguración del curso académico 2015-2016 de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de las Illes Balears que existe la necesidad de aplicación de un nuevo recurso legal para solucionar este tipo de situaciones, tan extendidas desde que comenzó la crisis.

En concreto, abogó por algún tipo de protección para los deudores que son incapaces de afrontar un pago, recurso que sí existe en otros países europeos: "La situación económica actual ha colocado a muchos deudores en una posición en la que no pueden cumplir sus obligaciones con sus acreedores, aún logrando aportar parte de su patrimonio". Para el jurista, esta situación produce un círculo vicioso porque "el sistema corre riesgo de colapso" y la medida adoptada por el Estado "no siempre satisface al acreedor".

La solución jurídica que propone, la denominada cláusula rebus sic stantibus (estando así las cosas), es un principio de Derecho que entiende que las condiciones establecidas en los contratos se aplican en relación al momento de su celebración, por lo que en caso de darse cualquier alteración sustancial en las circunstancias no prevista por las partes, las condiciones del contrato deben cambiar también. En la actualidad, el ordenamiento jurídico español no contempla este recurso de manera directa.

"La cláusula rebus sic stantibus no está legalmente reconocida, pero puede llegar a ser aceptada por los tribunales, y es una cláusula peligrosa" por los problemas que pueden surgir de su aplicación dentro de la seguridad jurídica, sobre todo porque debe "entenderse dentro de situaciones excepcionales". Para el abogado dicho peligro surge de que "esta norma válvula no exige que los supuestos en los que se apliquen deben derivar de crisis económicas o causas especiales". Según explica, "esta recesión podría haberse entendido como uno de esos fenómenos extraordinarios".

Reforma legislativa

Como solución a este problema, Miquel Coca Payeras explicó que es necesario un cambio que debe ser impulsado por el legislador para que dicha cláusula se aplique entre particulares.

De hecho, remarcó que "paradójicamente han sido particulares los que la han solicitado y se les ha negado", mientras que "se ha aceptado entre relaciones interempresariales".

El problema surge, según Payeras, en que en este caso la doctrina "se construye a partir de fuentes ajenas al Derecho español" y la tendencia del Tribunal Supremo es "dirigirse a normas del Derecho de países europeos" para encontrar leyes que se adapten a la situación actual, hecho que le hace preguntarse hasta qué punto se garantiza la seguridad jurídica.

Con la ponencia de Coca se inauguró ayer el nuevo curso de la Academia de Jurisprudencia y se cerró el del periodo 2014-2015, una etapa, según expuso María Pilar Ferrer, catedrática de Derecho Civil de la UIB, caracterizada por "el rigor de los estudios académicos y su volumen" que "son la prueba de la estabilidad de la institución y su firme compromiso con la cultura balear".