Óscar Collado, el histórico gerente de la Empresa Funeraria Municipal (SFM), condenado por corrupción, podrá disfrutar en breve del tercer grado penitenciario. El acusado, que fue condenado a tres años y tres meses de prisión, se encuentra en estos momentos en la cárcel de Palma cumpliendo esta sanción. Ingresó hace más de un año y lo hizo de forma voluntaria, al confesar en el juicio su culpabilidad, tras el acuerdo que suscribieron la fiscalía y la defensa. Precisamente su abogado, José Ignacio Herrero, ha tenido que volver a defender a su cliente, en esta ocasión contra la decisión de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, que acordó clasificar a Collado en segundo grado penitenciario. Una situación que le impedía salir de la cárcel. El preso recurrió primero esta clasificación ante el juez de vigilancia penitenciaria, que la confirmó, por lo que tuvo que acudir a la Audiencia de Palma. Ahora los jueces le dan la razón y entienden que Óscar Collado cumple en estos momentos con todas las condiciones para obtener el tercer grado penitenciario. Ello supondrá que el recluso saldrá de la cárcel paulatinamente. Solo tendrá que acudir de lunes a jueves a pasar la noche, mientras que el resto del día y los fines de semana podrá permanecer en su domicilio. Esta situación se prolongará hasta que el condenado obtenga la libertad condicional, que se otorga cuando ya ha cumplido dos terceras partes de la condena.

El magistrado Alberto Rodríguez, que ha resuelto este recurso, recuerda que el reglamento penitenciario establece que la progresión de grado de un recluso depende de varios factores, como por ejemplo la conducta del preso. Señala que las juntas de tratamiento deben ponderar la personalidad e historial individual del preso, sin olvidarse de su situación familiar, social y la duración de la condena. También se debe valorar el medio social al que puede regresar el recluso una vez salga de la cárcel. Además, dicho reglamento hace hincapié en que la clasificación de tercer grado debe otorgarse a los internos que, por sus circunstancias personales y penitenciarias, están capacitados para llevar a cabo un régimen de vida en semilibertad. También favorece que el acusado haya satisfecho la responsabilidad civil derivada del delito, ya que en este caso Collado devolvió una parte importante del dinero malversado. Todas estas circunstancias han sido de nuevo analizadas por los jueces, en este caso en la Audiencia. Así, se tiene en cuenta que es el único delito cometido por el preso, su ingreso voluntario en el centro y su buena conducta. Además, ha participado correctamente en todas las actividades programadas en la cárcel.

No se olvida tampoco la Sala las condiciones familiares de Óscar Collado. Disfruta del apoyo familiar, ya que tiene cuatro hijos y dos de ellos son menores, lo cual le permite acceder a un "favorable entorno socializador".

La Audiencia, en contra del criterio de la Junta de Tratamiento, considera que en el caso del exgerente de la empresa municipal, que se enriqueció con dinero público, dispone de un "contexto de confianza suficiente", para obtener un "régimen de mayor libertad". Óscar Collado fue detenido en una operación policial dirigida por Anticorrupción tras detectarse el desvío de dinero público.