La Audiencia de Palma ha acordado el archivo definitivo para el empresario Damián Nicolau Riera del llamado caso Carreteras (o caso Peaje), acerca del fraude 41 millones de euros al Consell de Mallorca por sobrecoste en la construcción de la autovía de Manacor.

La sección segunda de la Audiencia Provincial ha dictado un auto en el que estima un recurso de la defensa de Nicolau y acuerda que el sobreseimiento de la causa para él debe ser libre (definitivo) y no provisional, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB).

En el auto dictado hoy, el tribunal provincial desestima los otros seis recursos presentados por imputados en esta causa contra el auto del Juzgado de Instrucción número 5 de Palma en el que daba por concluida la investigación sobre la ampliación de la carretera de Manacor y señalaba que lo juzgaría un tribunal del jurado.

El llamado caso Carreteras investiga los delitos de malversación de caudales públicos, fraude a la administración, falsedad documental y cohecho en la construcción del desdoblamiento, conservación, mantenimiento y explotación de la carretera de Palma a Manacor (Ma-15) por parte del Consell de Mallorca.

Los delitos derivan del presunto cobro de comisiones ilegales en la construcción, así como de las obras extras encargadas por particulares en negocios situados en los márgenes de la carretera y en sus domicilios y simuladas como parte de los trabajos en la vía.

En esta causa hay trece imputados: el exconseller de Obras Públicas, Antoni Pascual; el ex director insular de Carreteras, Gonzalo Aguiar; dos funcionarios del Consell de Mallorca y nueve particulares.

La Audiencia ha desestimado los recursos interpuestos por las defensas de Pascual y Aguiar, así como por de los ingenieros Javier Navarro y Gerónimo Gutiérrez de Rave (jefe de producción y jefe de la obra, respectivamente), el propietario del restaurante el Cruce Guillermo Garí y el constructor Jaime Mascaró.

Estos seis imputados alegaban que el tipo de contrato de esta carretera imposibilita que se hubiera podido cometer un delito de malversación y que las acusaciones les atribuyen un posible delito de prevaricación omisiva que no puede enjuiciarse por un jurado.

También alegaban falta de motivación en el auto con el que la jueza de Instrucción número 5 de Palma, Ana San José, daba por concluida la investigación.

La Audiencia considera que dicho auto no ha causado ninguna indefensión a los imputados y asegura que si bien la calificación como delito de malversación realizada por la Fiscalía es "discutible", admitiría su encaje como fraude a la administración y como supuesto cohecho.