El Tribunal Supremo ha anulado dos artículos del decreto balear de 2011 que regula la actuación del personal de enfermería en el ámbito de la prestación farmacéutica en el sistema sanitario público porque omitió indicar que es necesaria acreditación estatal. Un requisito impuesto por el Ministerio de Sanidad para que los enfermeros puedan usar, indicar y autorizar la dispensación de medicamentos no sujetos a prescripción médica. El Supremo ha admitido que el decreto recurrido no deja sin efecto esa exigencia estatal de acreditación, pero ha puntualizado que "ese silencio" frente a una exigencia esencial "genera desconcierto". Aun así, el alto tribunal ha asegurado que la Conselleria de Salud puede establecer programas de formación, protocolos y pautas de usos específicos para que los profesionales de enfermería conozcan el catálogo de productos sanitarios y medicamentos y aprendan a manejar el programa informático de receta electrónica.