Una sentencia del Tribunal Superior de Balears ha confirmado la validez del despido de ocho antiguos trabajadores de la Cruz Roja de Balears debido a la mala situación económica que padece la entidad. Esta sentencia anula una decisión anterior adoptada por otro juez, que rechazó las circunstancias económicas y, por tanto, declaró la improcedencia del despido. Estos ocho empleados realizaban diferentes tareas para la institución, desde monitores, sanitarios o limpiadoras. Todos ellos venían trabajando en el centro de Anselm Turmeda de Palma. En este centro, entre otras funciones, se desarrollaba un acuerdo que había firmado la Cruz Roja de Balears con el Institut de Serveis Socials, que en la fecha de la firma dependía del Consell de Mallorca. La entidad ofrecía servicio y ayuda a las personas inmigrantes que carecían de un hogar. Personas sobre todo de origen extracomunitario, a los que se ofrecía un alojamiento temporal. También se les cubrían sus necesidades básicas y se les orientaba para recibir los beneficios de la prestación social.

Esta financiación se acordó en el año 2007, pero cinco años después se decidió dar por terminado el acuerdo. Ello supuso el cierre definitivo del centro social de Palma. Como consecuencia de ello, la Cruz Roja acordó el despido de estos ocho empleados que trabajaban en la labor de asistencia a los inmigrantes.

La Cruz Roja alegó que sufría una grave situación económica. Así, en la documentación que se entregó junto a la demanda se especificaba que en el año 2011 la entidad arrojó unos resultados negativos de pérdidas acumuladas que alcanzaban la cifra de 206.536 euros. Y al año siguiente la cifra de déficit económico alcanzó la suma de 148.240 euros.

A pesar de que la juez que inicialmente estudió la demanda presentada por estos ocho trabajadores, que fueron indemnizados por la empresa, consideró que las razones económicas no eran causa para justificar esta decisión, el Tribunal Superior no llega a la misma conclusión. Señala la sentencia que la normativa permite dar por terminado un contrato de trabajo cuando existe la necesidad objetiva de amortizar puestos de trabajo por razones económicas. Por ello, valida el despido de los ocho trabajadores.