Una profesora de religión de un colegio público de Menorca ha sido despedida de su trabajo por integrarse en la iglesia evangélica. La mujer fue contratada por la conselleria de Educación, al ser su nombre propuesto por el obispado, dado que cada año aporta una lista de personas idóneas para dar clases de religión en los distintos centros escolares de Balears.

Esta trabajadora llevaba trece años ejerciendo de profesora de primaria en un centro público de la isla. Era un contrato anual. Se le contrataba como profesora de religión católica y realizaba su trabajo en dos colegios. En el año 1996 obtuvo la declaración eclesiástica de idoneidad, que le permitía dar estas clases.

Los profesores de religión tienen una relación especial con la Conselleria. Aunque el Govern es quien formalmente los contrata y paga sus nóminas, la contratación se produce a instancia del Obispado, que al principio de cada curso aporta una lista de nombres de candidatos idóneos para impartir estas clases.

En el curso 2012-2013 la conselleria contrató de nuevo a esta profesora. En el mes de octubre la mujer mantuvo una entrevista personal con el obispo de Menorca, monseñor Salvador Giménez. En la charla le reconoció que se había bautizado y confirmado en la iglesia evangélica. La mujer, a pesar de ello, continuó ratificando su condición de cristiana, por lo que no veía ningún problema en continuar de profesora, enseñando la asignatura de religión. Se comprometió a que no iba a realizar proselitismo de la religión evangelista.

Sin que ningún alumno se quejara del contenido de sus enseñanzas, la profesora recibió un correo electrónico de un responsable del Obispado. Le anunciaba que se daba por finalizada su relación con la diócesis y, por tanto, también con la Conselleria, debido a que se había integrado en la comunidad de la iglesia evangélica. En la carta se señalaba que no se ponía en duda su capacidad de trabajo, pero se le recordaba que un requisito para dar clases de religión en un colegio público era pertenecer a la iglesia católica.

El propio obispo de Menorca comunicó a la conselleria que esta profesora debía ser despedida al no ser una persona apropiada para dar clases de religión. La conselleria cuestionó esta orden del obispo porque no había acreditado que este cambio de religión hubiese afectado a su trabajo profesional. Al terminar el curso concluyó el contrato laboral que la administración mantenía con esta profesora. Al principio de curso el Obispado de Menorca remitió una lista de candidatos a ser contratados para dar clases de religión en los colegios públicos. En esta lista no aparecía el nombre de esta mujer. De hecho, se la sustituyó por otra profesora.

La mujer, además de constatar por escrito que no se la renovaba al no aparecer su nombre en la lista de candidatos, presentó una demanda contra la conselleria de Educación por despido improcedente. El juez de Menorca que analizó el caso le dio la razón y condenó a la administración a que le pagara casi 47.000 euros de indemnización.

Esta decisión ha sido ahora revocada por el Tribunal Superior, porque no se trata de un despido, sino de que no se le ha renovado su contrato.

La Sala exculpa a la Conselleria de cualquier responsabilidad, porque lo que ha hecho es cumplir el acuerdo entre la Santa Sede y el Estado Español, que establecía los requisitos de la contratación de los profesores de religión. Los jueces destacan que los profesores de religión y la administración mantienen una relación "objetivamente especial". Se trata de una prestación laboral de una duración determinada, que se renueva cada año.

La sentencia afirma que no se trata de que no se la contratara por causas disciplinarias, sino porque su nombre no había sido propuesto por el obispado, como establece el acuerdo con la iglesia.