El PSIB saca adelante que pacientes terminales puedan rechazar tratamiento clínico
Con el consenso de PP y Més, desarrolla el derecho a morir, incorporando la voluntad del enfermo en su historial y extendiéndolo a mayores de 16 años

Armengol y Thomàs ayer en la presentación de la ley. / A.C.
ALEXANDER CORTÈS PALMA
La posibilidad de rechazar tratamiento clínico más allá de cuidados paliativos tendrá su propia normativa. El derecho a morir, que ya es efectivo en la actualidad, se desarrollará en una ley impulsada por el PSIB y que saldrá adelante con el apoyo del resto de grupos parlamentarios, PP y Més. La norma, que pretende facilitar el ejercicio de este derecho, contempla para ello la incorporación de la voluntad del enfermo en su historial clínico, aumentar los puntos en los que un paciente pueda exponer su voluntad, y hacerlo extensible a menores de edad mayores de 16 años.
Tras diez meses desde que se registró la iniciativa legislativa, el PSIB presentó ayer la norma que saldrá adelante una vez se han incorporado las enmiendas y modificaciones del resto de fuerzas políticas y colectivos involucrados. "Esta ley no regula la eutanasia ni el suicidio asistido ni pretende hacerlo. Desarrolla un ámbito sin desarrollar sobre la voluntad anticipada de los pacientes en el proceso de su muerte y de sus curas paliativas. Se trata de la intervención para evitar sufrimiento innecesario en situaciones terminales e irreversibles", recalcó Vicenç Thomàs en la presentación.
El texto, que regula que los profesionales sanitarios deben tener el consentimiento del paciente para la aplicación de cualquier tratamiento, despliega que el enfermo puede recibir -también rechazar- toda la información asistencial para ayudarlo en su decisión. En este sentido, se introduce la creación de un Comité de Ética Asistencial para ayudar al paciente en la toma de decisiones.
La voluntad del enfermo, que deberá incorporarse en el historial médico para que cualquier profesional sanitario pueda tener acceso a ella, podrá ser expresada de manera verbal. Para que conste, la administración habilitará funcionarios para facilitar este paso. "En estos momentos no es fácil. Por ejemplo, en los hospitales de Inca y Manacor no se puede hacer una declaración de voluntad", explicó Thomàs, que añadió que en la actualidad hay pocos puntos para poder hacer esta declaración.
La iniciativa también regula quién puede tomar la decisión en caso de que el paciente esté incapacitado para ello y hace extensible el derecho a menores mayores de 16 años o emancipados legalmente, para que también puedan manifestar su voluntad en casos de enfermedades terminales e irreversibles.
Se contempla el derecho de sedación paliativa y tratamientos del dolor, es decir, curas paliativas integrales, con apoyo psicológico y espiritual, si así se solicita, tanto para paciente como para familiares y personas con vínculos afectivos. "Hay que evitar el sufrimiento y respetar la autonomía del enfermo", insistió el portavoz adjunto de los socialistas.
La ley también garantizará por parte de la administración que los pacientes en procesos de agonía dispongan de habitaciones individuales en las que puedan tener acompañante. También se deberá regular la participación de voluntariado para facilitar compañía a personas terminales.
Cuarta autonomía
Esta norma incorpora ya las enmiendas de PP y Més, por lo que contará con su apoyo. Según Vicenç Thomàs, a lo largo de la negociación "no se han modificado aspectos sustanciales, ni se han quitado elementos importantes". "Se han hecho algunas modificaciones formales, matices para que todo el mundo quede satisfecho y se sienta cómodo con la ley", detalló Thomàs.
Con esta ley, Balears será la cuarta autonomía, después de Andalucía, Aragón y Navarra, en sacar adelante un ley de muerte digna. "No hemos descubierto la pólvora, pero es un paso adelante. Desarrollamos el artículo 25.4 de nuestro Estatuto de Autonomía", zanjó el socialista.
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