El juez del caso Nóos, José Castro, considera que la actitud adoptada por la infanta Cristina cuando declaró como imputada el pasado 8 de febrero y sus "reiteradas apelaciones al desconocimiento" le incapacitan para "desvalorizar los indicios incriminatorios" y sobreseer su imputación, por lo que deberá sentarse en el banquillo de los acusados.

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En el auto con el que hoy ha dado por concluida la instrucción del caso Nóos y en el que mantiene la imputación de la hermana del Rey por dos presuntos delitos de fraude fiscal y por blanqueo, Castro afirma que la declaración que prestó la infanta en febrero "se aproximó en la práctica más al ejercicio del derecho a no prestar declaración que al de hacerlo".

Castro recuerda que citó a la infanta como imputada por apreciar "elementos incriminatorios" de su participación en la comisión de presuntos delitos que "quedaron a expensas de que pudieran ser desvirtuados" por la declaración judicial de doña Cristina o por alguna otra diligencia.

Desde dicha imputación, la única diligencia practicada con ese fin ha sido la declaración de doña Cristina que "no ha conseguido surtir ese efecto".

El juez asegura que es legítima la postura de doña Cristina de alegar olvido e ignorancia, derivar la responsabilidad hacia terceras personas y manifestar "desconocimiento de la práctica totalidad de las preguntas que se le formularon" pero eso le incapacita como instructor para "desvalorizar los indicios incriminatorios que determinaron su convocatoria".

Castro concluye que "la actuación de doña Cristina de Borbón y Grecia viene marcada por indicios de criminalidad que debieran descartarse o confirmarse en juicio".

El juez dice que las declaraciones de doña Cristina y Ana María Tejeiro (la esposa del exsocio de Iñaki Urdangarin, Diego Torres) tienen como "denominador común" que no ofrecieron respuesta alguna porque apelaban a la falta de memoria y a la ignorancia "sobre cuestiones que por haber intervenido en ellas debieran conocer".

Según el juez, "parecían representar el papel de simples comisionadas que obedientemente cumplían su cometido sin previamente disipar las dudas que obligadamente deberían representarse sobre su legalidad".

Las dos conocían previamente sobre qué versarían sus declaraciones ante el juez "por lo que una somera preparación hubiera podido evitar el constante recurso a la ausencia de recuerdos o a la ignorancia".

En el caso concreto de doña Cristina, el juez recuerda la "desmesurada extensión" del auto en el que la citó como imputada, "obligada por exigencias del guión", y afirma que suponía de facto un cuestionario de las preguntas que le iban a formular.

Insiste en que esa posición es legítima pero "tanto las respuestas como los silencios" son "materia a valorar" por el juez instructor.