José Ramón Bauzá fracasa en su intento de impedir que se le juzgue por supuesta incompatibilidad para ejercer la presidencia del Govern y a la vez explotar su farmacia y demás negocios privados.

El Tribunal Superior de Justicia de Balears hizo público ayer un auto por el que se desestiman las alegaciones presentadas por el presidente. Con esta resolución se cierran las cuestiones previas del litigio y en consecuencia se dirimirá el fondo del asunto. Se entra pues en la fase de prueba, por lo que Bauzá tiene 19 días para contestar la demanda en su contra interpuesta por la oposición.

Bauzá pretendía que los magistrados declararan la inadmisibilidad del recurso que presentaron PSOE y Més "por falta de legitimación" de ambos partidos, ya que, sostenía, "el único beneficio" que obtendrían en caso de una sentencia favorable sería "un rédito consecuente con su posicionamiento político".

Anteriormente la Abogacía de la Comunidad Autónoma ya había esgrimido la misma tesis, pero los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo lo desestimaron. Ahora vuelven a tumbar las alegaciones de Bauzá porque "no se puede negar interés legítimo a parlamentarios del Parlament de les Illes Balears para cuestionar si el Presidente de Illes Balears está incurso o no en causa de incompatibilidad para dicho cargo por la sencilla razón de que son los electores para su nombramiento y, por ello, no les puede ser indiferente lo que se decida acerca de si está o no afectado por causa de incompatibilidad para el cargo en cuyo nombramiento tuvieron que decidir".

Como en la anterior ocasión, no ha habido un pronunciamiento unánime de la Sala: el acuerdo se ha tomado por mayoría de tres de sus miembros -Gabriel Fiol, Pablo Delfont y Fernando Socías-, mientras que las magistradas Carmen Frigola y Alicia Esther Ortuño han emitido un voto discrepante como ya hicieron la otra vez. Curiosamente, la sala despacha la cuestión con un auto de solo 5 folios, frente a los 18 del voto particular.

PSOE y Més consideran que Bauzá incurre en causa de incompatibilidad por ser el titular de una farmacia que en su mayor parte factura al propio Govern que él preside. Además, recuerdan que el líder del PP ocultó que era administrador de dos sociedades mercantiles -una vinoteca y una comercializadores de productos ortopédicos- siendo ya presidente, circunstancia que prohíbe la ley balear de Incompatibilidades para altos cargos.

Tras dar carpetazo el Govern por vía administrativa al posible conflicto de intereses, la izquierda acudió a los tribunales solicitando que se declare la incompatibilidad de Bauzá, lo que de facto podría implicar su inhabilitación.

La Sala de lo Contencioso zanja ahora definitivamente la cuestión planteada por el Govern y Bauzá a la par, ya que -reza el auto-, "de seguirse el criterio que postulan quienes invocan la causa de inadmisibilidad, al no venir referida la incompatibilidad a actuación concreta, nadie -parlamentarios o no parlamentarios- estaría legitimado para cuestionar judicialmente si el Presidente de la Comunidad Autónoma está o no incurso en causa de incompatibilidad, por lo que bastaría una decisión de su Consejo de Gobierno en sentido negativo, para enterrar para siempre el debate".

Aunque el auto no se conoció hasta ayer, lleva fecha del 2 de diciembre y el sentido de su parte dispositiva ya circulaba el martes por los pasillos del Parlamento, sobre todo después de que la directora de la Abogacía del Govern, Antònia Perelló, se encerrara en un despacho con Bauzá y el vicepresidente Antonio Gómez. El encuentro dio pie a especular que Perelló ya conocía todo o parte de la resolución judicial y quiso comunicársela en persona al presidente.

En cuanto a los dos votos particulares, las magistradas reiteran la sentencia del Tribunal Supremo que ´salvó´ al expresidente de Andalucía, el socialista Manuel Chaves, de someterse a un contencioso similar al de Bauzá. Así, las juezas repiten que "el Tribunal Supremo ha negado esta legitimación a los parlamentarios, ya que los intereses legítimos que representan se deben ejercer mediante los mecanismos parlamentarios, no ante los Tribunales de Justicia. Partiendo de las consideraciones expuestas, el recurso contencioso-administrativo debió ser declarado inadmisible", remachan, aunque por mayoría se impone el criterio del resto de la Sala.