El Tribunal Supremo ha confirmado hoy la condena de cinco años y seis meses de cárcel que la Audiencia de Palma impuso a la expresidenta del Consell de Mallorca, Maria Antònia Munar, por malversación, prevaricación, fraude y falsedad documental cometidos en el llamado caso Maquillaje.

La expresidenta de Unió Mallorquina (UM), que estaba en la cárcel en régimen de prisión preventiva, pierde así cualquier perspectiva de salir en libertad antes de cumplir, al menos, esta condena.

El pasado 24 de julio la expresidenta del Consell de Mallorca y del Parlament balear ingresó en la cárcel de Palma por orden de la Audiencia Provincial, que apreciaba riesgo de fuga por las dos condenas a un total de 11,5 años de cárcel que pesan sobre ella por corrupción.

La primera de ellas, la referida al llamado caso Maquillaje, que ella recurrió ante el Supremo y que este tribunal revisó el pasado mes de septiembre, se ha visto confirmada ahora, lo que supone que Munar comenzará a cumplir esta pena, mientras que la segunda está todavía pendiente de recurso.

En el caso Maquillaje el tribunal también ha confirmado la condena a dos años y siete meses de prisión para el que fuera mano derecha de Munar en el partido y exvicepresidente del Consell de Mallorca, Miquel Nadal, a quien se le aplica la circunstancia atenuante de confesión.

Nadal también está ya en prisión, en la que ingresó el pasado 2 de agosto tras confirmar el Supremo otra condena a 4 años de cárcel por el caso Voltor. El exconseller de Turismo está también condenado a otros 4 años de cárcel por el caso Can Domenge.

En el caso Maquillaje, la sentencia de la Audiencia Provincial de Palma ahora confirmada consideró culpable a Munar y a otras seis personas de conceder desde el Consell de Mallorca dos subvenciones irregulares de 120.000 euros en 2004 y 2005 a la productora Vídeo U, la mitad de la cual había sido adquirida poco tiempo antes por Munar y por Nadal mediante dos testaferros.

Hubo "una trama establecida alrededor de dos personas, la presidenta y el vicepresidente del Consell, que toman parte del accionariado de una empresa y que seguidamente consiguen que esta reciba subvenciones de varios millones de euros", dice el Supremo.

El tribunal resalta, eso sí, que se ha condenado a ambos altos cargos solamente en relación con una cantidad menor, respecto de la cual ha quedado demostrada la malversación.

El Supremo considera que el razonamiento de la condena recurrida es lógico y válido para llegar a la conclusión de que ambos tomaron decisiones arbitrarias sobre las subvenciones, todo ello con intención de beneficiarse indirectamente de las mismas.

Así, la condena aprecia los delitos de malversación en concurrencia con los de prevaricación, fraude a la Administración y falsedad en documento oficial en la conducta de Munar.

Sin embargo, el Supremo corrige la sentencia de la Audiencia en un solo aspecto, pues absuelve a Munar y a Nadal del delito de negociaciones prohibidas a funcionarios por el que también habían sido condenados.

De este modo el Supremo anula las condenas a sendas multas -de 54.000 euros a Munar y a Nadal, por el mismo delito, de 36.000 euros.

El Supremo confirma también la condena a Margarita Sotomayor, exdirectora de Comunicación del Consell de Mallorca, quien deberá cumplir cinco años de cárcel y a quien el tribunal no cree cuando arguye que delante suyo se cometieron delitos sin que "se enterara". Por el contrario, la considera "parte esencial de los fraudes cometidos contra el Consell".

La pena carcelaria más baja de Nadal responde a la aplicación de la atenuante de confesión, ya que reconoció en el juicio que había comprado junto con Munar y mediante testaferros la productora regada luego con dinero público, algo que la expresidenta del Consell no admitió.

Sin embargo, la calificación de su conducta por el tribunal no es liviana, ya que señala cómo Nadal intervino de manera decisiva a favor de que se concedieran las subvenciones a favor de una compañía de la que acababa de adquirir el 25 %.

"Estaba en los dos lados, aunque pretenda convencer de que en realidad no se enteraba de lo que ocurría en ninguno de ellos", señala el tribunal.

La Audiencia impuso una pena de 3 años de cárcel a Alfredo Conde, administrador de la empresa Studio Media Comunicación, receptora de la subvención que el Consell concedió a Vídeo U en 2004.

A esta persona, al anularse una parte de su condena (la referente al delito de prevaricación) se le se le reduce la pena impuesta de tres años de prisión a dos años, siete meses y quince días por malversación y falsedad.