El Servei de Salut de las Illes Balears (IB-Salut) ha sido condenado a indemnizar con 1.087.921 euros a los padres de una niña que en la actualidad sufre parálisis cerebral por mala praxis en el parto, según el fallo, conocido ayer, del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Palma a raíz de una demanda interpuesta por la asociación el Defensor del Paciente.

La niña nació el 27 de agosto de 2004 en el antiguo Hospital Universitario de Son Dureta de Palma y el sufrimiento fetal padecido durante su alumbramiento a consecuencia de la citada mala praxis médica le produjo dicha parálisis, según informó ayer el Defensor del Paciente en un comunicado en el que daba a conocer el fallo judicial.

La madre de la niña, que entonces tenía 32 años, había tenido un embarazo normal con seguimiento controlado y sin problema alguno y acudió al citado centro sanitario para la inducción al parto el 26 de agosto de 2004 por gestación cronológicamente prolongada ya que se encontraba en la semana 44. En esa fecha ingresó para provocarle el parto al día siguiente.

Ese día, según el relato de los hechos del fallo judicial, sobre las 17.20 horas, al no conseguirse escuchar los tonos cardiacos fetales se indica "bajar muy urgente al paritorio" para realizar una ecografía. En ella se le detectó una bradicardia, esto es, un descenso de la frecuencia del corazón hasta los veinte latidos por minuto. Esto obligó a practicarle una cesárea urgente tras la cual el bebé ingresó en la UCI, donde permaneció hasta el 17 de septiembre cuando fue dada de alta con el diagnóstico de encefalopatía hipóxico-isquémica tipo II con afectación neurológica moderada.

El Defensor del Paciente sostiene por su parte que "de la lectura del registro cardiotocográfico que le fue colocado al inicio se desprende que existía dinámica uterina, incluso con contracciones excesivamente fuertes y demasiado seguidas, que eran un indicativo de la evolución del parto y la actuación a seguir".

Añade que dicho registro no podía ser considerado patológico sino simplemente indicativo de la forma en la que debía ser encauzado el parto pero "inexplicable y sorprendentemente le fue retirado, perdiendo de esa forma la posibilidad de conocer su evolución y actuar en consecuencia".

Subraya el Defensor del Paciente que la madre permaneció sola durante un tiempo mientras el bebé tuvo un sufrimiento fetal importante que le ocasionó severas secuelas, debiendo seguir tratamiento y ayuda de otras personas de por vida ya que le ha sido reconocida una minusvalía del 90%. Según la asociación, estas secuelas fueron consecuencia tanto de una incorrecta o inexistente lectura de la monitorización inicial como de la falta de la misma posteriormente al haberle sido retirado el monitor justamente cuando más necesidad había de su lectura.

El fallo recalca que los padres de la menor tuvieron conocimiento de que su hija tenía lesiones irreversibles posteriormente a la fecha de su nacimiento por cuanto que las mismas se les habían minimizado al nacimiento de la menor.