El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha suspendido de manera cautelar la aplicación del TIL, estimando el recurso interpuesto por los sindicatos STEI-i y UGT. Esta decisión de la sala de lo Contencioso Administrativo supone que el TIL no podrá comenzar a aplicarse el próximo curso escolar, que empieza el viernes de la semana que viene.

La sala de lo contencioso administrativo del alto tribunal regional ha dictado dos autos en los que apoya su decisión de suspender la aplicación del TIL de forma cautelar y que cuentan con un voto particular contrario a la suspensión cautelar de la norma emitido por el magistrado Fernando Socías, que disiente de sus cuatro compañeros de sala.

Los sindicatos recurrieron el calendario de aplicación del decreto de lenguas el pasado 6 de junio, alegando que el Govern lo había incorporado al proyecto definitivo sin informar previamente ni al Consell Escolar, ni a la Mesa Sectorial de Educación ni al Consell Consultiu”.

La sala coincide con STEI y UGT y recuerda que el proyecto de decreto informado por el Consejo Escolar y el Consell Consultiu y sometido a negociación colectiva no incluía ninguna alusión acerca de cómo se iba a implantar el TIL, ya que se preveía una decisión posterior que lo recogiese. De este modo, ninguno de dichos órganos pudo emitir su parecer sobre los marcos temporales para implantarlo.

Por ello, el tribunal considera que la inclusión del anexo en el que se especificaba el calendario de aplicación del TIL en el proyecto presentado para votación final en el Consell de Govern “implica un fraude” a la normativa vigente que obliga a informar al Consejo Escolar, así como a someterlo al dictamen del Consell Consultiu y a la Mesa Sectorial porque afecta al estatuto de los empleados públicos del a Enseñanza.

El tribunal, presidido por Gabriel Fiol, considera que el Tratamiento Integral de Lenguas persigue “conseguir un sistema educativo donde se permita que los alumnos obtengan más amplios y profundos conocimientos lingüísticos”, algo que constituye un “objetivo que beneficia no solo a la sociedad en general, sino también a nuestros niños y jóvenes”; sin embargo, apostilla, “en un Estado de Derecho, el fin no justifica los medios” por lo que “se deben cumplir escrupulosamente los mandatos legales”.

La sala no es ajena a los “perjuicios” que puede ocasionar su decisión dada la proximidad del inicio del curso 2013/2014, pero asegura que “mayores y más graves daños se derivan del mantenimiento de la aplicación del Anexo”.

SIN ‘PLAN B'

La consellera de Educación, Joana Maria Camps, admitió que , en caso de que el TSJIB decidiera la suspensión cautelar del TIL, el Ejecutivo no tenía "un ´plan B´", por lo que tendrían que analizar la decisión de la sala y decidir en consonancia qué hacer.