Los jueces ratifican la condena a IB3 Ràdio por "espiar" a sus empleados
El Tribunal Superior ratifica que la dirección de la emisora con el Govern del Pacto y la concesionaria de los informativos vulneraron la libertad sindical al tener infiltrados en una asamblea de trabajadores
mateu ferrer palma
La dirección de IB3 Ràdio nombrada por el anterior Govern de centroizquierda "vulneró el derecho fundamental a la libertad sindical" al "infiltrar" en una asamblea de trabajadores a finales de 2008 a varios "espías" para conocer lo allí tratado. Así lo ha ratificado la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Balears, al confirmar íntegramente una sentencia anterior de un Juzgado de lo Social que condenaba a la radio autonómica; a su ex directora, Caterina Sitjar; a SBT, concesionaria de los servicios informativos de dicha emisora, y a Carlos Hellín, su coordinador, por llevar a cabo tal conducta.
El tribunal ha desestimado el recurso de suplicación de los condenados, que habían recurrido el primer fallo, y ahora éstos deberán indemnizar de forma solidaria con 4.000 euros al demandante, el Sindicat de Periodistes de les IIles Balears (SPIB). El fallo también impone a IB3 Ràdio y SBT el pago de los honorarios del letrado impugnante, Ferran Gomila, a razón de 400 euros cada uno.
Para los magistrados, la principal prueba de cargo –un e-mail interno– "despeja cualquier duda sobre lo ocurrido. El señor Hellín se sirvió de tres redactores, P. G., P. B. y C. M. para obtener información sobre lo acontecido en la asamblea del 6 de noviembre de 2008 convocada por la representación unitaria de los trabajadores en SBT e IB3 Ràdio". Los jueces reprueban lo que consideran un "acto de injerencia empresarial", consistente "en la interposición de elementos infiltrados o ´quintacolumnistas´, que se propusieron –y así lo consumaron– actuar como ´espías´ de la patronal para facilitarle la información tendente a la adopción de represalias en contra de los dirigentes o ´líderes naturales´ de la iniciativa de huelga" que se debatía en la mencionada asamblea.
El correo electrónico que sirvió al Sindicat de Periodistes para interponer la demanda inicial fue remitido por Carlos Hellín a la entonces directora Caterina Sitjar, digitada para el cargo por el PSM. Ésta asimismo lo reenvió a Tino Martínez, en esa época jefe de programación de la emisora, aunque éste quedó absuelto.
En el e-mail Hellín hacía un resumen del contenido de la asamblea de empleados de su empresa SBT –que a su vez trabajaban para la radio pública– "y del mismo se deduce que el remitente había pactado con tres trabajadores, a los que denomina ´mis fuentes´, la formulación de determinadas preguntas" en la reunión. Los tres "espías" facilitaron después al coordinador de la empresa "detalles sobre lo que dijo cada uno de los intervinientes en la asamblea y quiénes votaron a favor y en contra de las movilizaciones". En el correo Hellín señalaba además a dos locutores del programa de radio Gabinet de crisi como la pareja que "trataba de convencer masivamente a todos los autónomos para que se vinculasen con la causa y ejercitasen su derecho de huelga", y afirmaba que la directora de la radio le adelantó que tendrían que despedirles en los días siguientes, aunque finalmente ello no sucedió.
Para los magistrados, "está fuera de toda duda" que lo ocurrido en IB3 Ràdio fue "un acto de injerencia contrario a la libertad sindical", y que en el mismo participaron Sitjar como Hellín, en virtud de su condición de directora de la emisora y coordinador de SBT, de ahí que dé por buena la primera sentencia y ratifique por completo la condena.
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